JERIA Y URETA ABOGADOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 19473-2022
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.500.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá como objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales de asesoría y consultoría jurídica
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la 8° Notaría de Santiago, domiciliado en Huérfanos 941, Local 302, Santiago certifica: Por escritura pública de fecha 15 de diciembre de 2022, otorgada ante mí bajo el repertorio 19473-2022, Rodrigo Andrés Jeria Selaive, José Tomás Ureta Icaza y Ernesto José Eckholt Goldenberg, únicos accionistas según registro de accionistas tenido a la vista, modificaron y transformaron JERIA Y URETA ABOGADOS SpA, inscrita a Fs. 51518, N° 25521 del Registro de Comercio de Santiago de 2019 (en adelante la “Sociedad”) en los siguientes términos: a) Modificar la Razón Social de la Sociedad, pasando de JERIA Y URETA ABOGADOS SpA a SOCIEDAD DE PROFESIONALES EJU ABOGADOS SpA; b) Modificar el objeto social de la Sociedad por el siguiente: “La sociedad tendrá como objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales de asesoría y consultoría jurídica”; c) Aumentar el capital de la Sociedad, de la suma de $1.000.000, dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, a la suma de $1.500.000, dividido en 1.500.000 acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, emitiendo para ello 500.000, a un precio de $1 por acción, íntegramente suscritas y pagadas en el acto; y d) transformar la Sociedad a una sociedad de responsabilidad limitada cuyo extracto es el siguiente: Rodrigo Andrés Jeria Selaive, cédula de identidad N° 15.318.025-3, José Tomás Ureta Icaza, cédula de identidad N° 15.384.932-3, ambos domiciliados en Avenida Américo Vespucio Norte 1090, piso 12, Vitacura, y Ernesto José Eckholt Goldenberg, cédula de identidad N° 16.606.422-8, domiciliado en San Sebastián 2980, departamento 72, Las Condes, en calidad de únicos socios otorgaron estatutos de la sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “SOCIEDAD DE PROFESIONALES EJU ABOGADOS LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales “EJU ABOGADOS LIMITADA” Administración y uso de razón social: individualmente cualquiera de los señores Rodrigo Andrés Jeria Selaive, José Tomás Ureta Icaza y Ernesto José Eckholt Goldenberg, quienes anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las facultades señaladas en la escritura extractada. Objeto: La sociedad tendrá como objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales de asesoría y consultoría jurídica. Capital: $1.500.000, aportado con anterioridad a este acto, dinero en efectivo a caja social, de siguiente forma: a) Rodrigo Andrés Jeria Selaive aporta la suma de $500.000, equivalentes al 33,33% del capital social; b) José Tomás Ureta Icaza aporta la suma de $500.000, equivalentes al 33,33% del capital social; y c) Ernesto José Eckholt Goldenberg aporta la suma de $500.000, equivalentes al 33,33% del capital social. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 22 de diciembre de 2022.