MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

JERIA Y URETA ABOGADOS SpA

RUT 77038747-7 CVE 2240701
Capital
$1.500.000 CLP
Fecha instrumento
15 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
15 de diciembre de 2022
Repertorio
19473-2022
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
8° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.500.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá como objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales de asesoría y consultoría jurídica

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la 8° Notaría de Santiago, domiciliado en Huérfanos 941, Local 302, Santiago certifica: Por escritura pública de fecha 15 de diciembre de 2022, otorgada ante mí bajo el repertorio 19473-2022, Rodrigo Andrés Jeria Selaive, José Tomás Ureta Icaza y Ernesto José Eckholt Goldenberg, únicos accionistas según registro de accionistas tenido a la vista, modificaron y transformaron JERIA Y URETA ABOGADOS SpA, inscrita a Fs. 51518, N° 25521 del Registro de Comercio de Santiago de 2019 (en adelante la “Sociedad”) en los siguientes términos: a) Modificar la Razón Social de la Sociedad, pasando de JERIA Y URETA ABOGADOS SpA a SOCIEDAD DE PROFESIONALES EJU ABOGADOS SpA; b) Modificar el objeto social de la Sociedad por el siguiente: “La sociedad tendrá como objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales de asesoría y consultoría jurídica”; c) Aumentar el capital de la Sociedad, de la suma de $1.000.000, dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, a la suma de $1.500.000, dividido en 1.500.000 acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, emitiendo para ello 500.000, a un precio de $1 por acción, íntegramente suscritas y pagadas en el acto; y d) transformar la Sociedad a una sociedad de responsabilidad limitada cuyo extracto es el siguiente: Rodrigo Andrés Jeria Selaive, cédula de identidad N° 15.318.025-3, José Tomás Ureta Icaza, cédula de identidad N° 15.384.932-3, ambos domiciliados en Avenida Américo Vespucio Norte 1090, piso 12, Vitacura, y Ernesto José Eckholt Goldenberg, cédula de identidad N° 16.606.422-8, domiciliado en San Sebastián 2980, departamento 72, Las Condes, en calidad de únicos socios otorgaron estatutos de la sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “SOCIEDAD DE PROFESIONALES EJU ABOGADOS LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales “EJU ABOGADOS LIMITADA” Administración y uso de razón social: individualmente cualquiera de los señores Rodrigo Andrés Jeria Selaive, José Tomás Ureta Icaza y Ernesto José Eckholt Goldenberg, quienes anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las facultades señaladas en la escritura extractada. Objeto: La sociedad tendrá como objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales de asesoría y consultoría jurídica. Capital: $1.500.000, aportado con anterioridad a este acto, dinero en efectivo a caja social, de siguiente forma: a) Rodrigo Andrés Jeria Selaive aporta la suma de $500.000, equivalentes al 33,33% del capital social; b) José Tomás Ureta Icaza aporta la suma de $500.000, equivalentes al 33,33% del capital social; y c) Ernesto José Eckholt Goldenberg aporta la suma de $500.000, equivalentes al 33,33% del capital social. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 22 de diciembre de 2022.