MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Duarte SpA

RUT 76175292-8 CVE 2241050
Notaría
Providencia

Instrumento

Repertorio
6976/2022
Comuna
Providencia

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Eduardo Rodríguez Burr, Notario Titular de la primera Notaría de Providencia, con oficio en Avenida providencia 1.777, comuna de Providencia certifica que por escritura pública extendida ante mí el 19 de diciembre del 2022, Repertorio Nº 6976/2022, doña Isabel Carolina Véliz Nieto, Cédula de Identidad número nueve millones quinientos ochenta mil trescientos setenta y ocho guión cuatro, chilena, abogada, divorciada, domiciliada en Avenida Padre Hurtado 1.879 casa J, comuna de La Reina, y don Matias Andres Gause Swett, Cédula de Identidad número ocho millones setecientos cuarenta mil ochenta y seis guión siete, chileno, abogado, divorciado, domiciliado en Avenida San Ramón dos mil ochocientos cuarenta y dos, comuna de Las Condes, titulares del 100% de las acciones de la sociedad DUARTE SpA, inscrita a fojas 65.452 número 48.008 del Registro de Comercio correspondiente al año 2011 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. RUT 76.175.292-8, acordaron por unanimidad la transformación de dicha sociedad por acciones. La nueva razón social será "Servicios Jurídicos Gause y Compañía Limitada", pudiendo usar por abreviación y para fines bancarios y publicitarios el nombre de fantasía "Gause y Cia Ltda.". El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana. La sociedad tendrá por único objeto la prestación de servicios jurídicos profesionales a través de sus socios abogados. El capital social es la cantidad de cien mil pesos que los socios aportan y pagan en este acto de la siguiente forma: ISABEL CAROLINA VÉLIZ NIETO aporta mil pesos y don MATIAS ANDRES GAUSE SWETT, noventa y nueve mil pesos, cantidad ya aportada y enterada, quedando el capital íntegramente pagado. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. ARTÍCULO SEXTO: La administración de la sociedad, la representación legal, judicial y el uso de la razón social corresponderá al socio MATIAS ANDRES GAUSE SWETT. Las utilidades se distribuirán y las pérdidas se soportarán por los socios en la forma que de común acuerdo determinen y a falta de acuerdo, a prorrata de sus aportes en el capital social. El plazo de duración de la sociedad será de cinco años contados desde la fecha de la presente escritura. Dicho plazo se entenderá prorrogado automáticamente en forma tácita y sucesiva por periodos iguales de cinco años, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término con una anticipación mínima de seis meses a la expiración del plazo o prórroga respectiva, mediante escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social con la misma anticipación antes señalada. La sociedad no se disolverá en caso de fallecimiento, incapacidad sobreviniente, quiebra, insolvencia, convenio judicial o prejudicial de uno de los socios, continuando con sus sucesores a cualquier título, o con sus acreedores, o su representante legal según corresponda. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 19 de diciembre del 2022.