MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

DANIEL OCAMPO ABOGADOS SpA

RUT 76844782-9 CVE 2241140
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
7 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
7 de diciembre de 2022
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la escritura que se extracta y tendrá una duración de treinta años, plazo que se entenderá renovado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle fin, lo que deberán hacer por escritura pública extendida con seis meses de anticipación a la expiración del plazo de duración o de su respectiva prórroga y anotarse al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio

Objeto social

El objeto de la sociedad será: La prestación de servicios profesionales de abogado en todas las áreas o ramas del derecho, sin limitación alguna, tales como la realización de auditorías; asesorías, estudios e informes en derecho y representación en actuaciones judiciales; y en general, la ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirectamente, con los rubros mencionados precedentemente

Administración

La administración y uso de la razón social corresponderá a don DANIEL OCAMPO MIÑO, el cual, actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades. Capital Social y Responsabilidad: El capital social es la suma de $3.000.000, que ha sido íntegramente pagado por los socios con cargo a la proporción del capital que les correspondía como accionistas de la sociedad “DANIEL OCAMPO ABOGADOS SpA” y que ha sido objeto de la transformación. En consecuencia: a) don DANIEL OCAMPO MIÑO ha aportado y pagado la suma de dos millones novecientos noventa y nueve mil novecientos noventa y nueve pesos, equivalentes al noventa y nueve coma nueve nueve nueve nueve seis siete por ciento del capital; y b) doña YASNA ANDREA MALLEA ASTORGA, ha aportado y pagado la suma de un peso, equivalente al cero coma cero cero cero cero tres tres por ciento del

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO MOZÓ AGUILAR, Notario Titular de la 40° Notaría de Santiago, Teatinos 332, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 7 de Diciembre de 2022, otorgada ante mí, don DANIEL OCAMPO MIÑO y doña YASNA ANDREA MALLEA ASTORGA, ambos domiciliados, para estos efectos, en calle Enrique Foster Sur Nº39, piso 2, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, únicos accionistas de ”DANIEL OCAMPO ABOGADOS SpA”, constituida como sociedad por acciones según extracto inscrito a fojas 5.824, Nº3.332 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2018, acordaron, entre otras materias, transformarla en una sociedad de responsabilidad limitada, que operará bajo nombre “DANIEL OCAMPO ABOGADOS LIMITADA”, y aprobar los siguientes estatutos por los que se regirá y que se extractan a continuación: Socios: don DANIEL OCAMPO MIÑO y doña YASNA ANDREA MALLEA ASTORGA, ambos domiciliados, para estos efectos, en calle Enrique Foster Sur Nº39, piso 2, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. Razón Social: “DANIEL OCAMPO ABOGADOS LIMITADA” pudiendo también usar para fines publicitarios, tributarios, comerciales, financieros y legales la expresión abreviada o nombre de fantasía “OCAMPO ABOGADOS LTDA.”. Administración: La administración y uso de la razón social corresponderá a don DANIEL OCAMPO MIÑO, el cual, actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades. Capital Social y Responsabilidad: El capital social es la suma de $3.000.000, que ha sido íntegramente pagado por los socios con cargo a la proporción del capital que les correspondía como accionistas de la sociedad “DANIEL OCAMPO ABOGADOS SpA” y que ha sido objeto de la transformación. En consecuencia: a) don DANIEL OCAMPO MIÑO ha aportado y pagado la suma de dos millones novecientos noventa y nueve mil novecientos noventa y nueve pesos, equivalentes al noventa y nueve coma nueve nueve nueve nueve seis siete por ciento del capital; y b) doña YASNA ANDREA MALLEA ASTORGA, ha aportado y pagado la suma de un peso, equivalente al cero coma cero cero cero cero tres tres por ciento del capital. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Objeto: El objeto de la sociedad será: La prestación de servicios profesionales de abogado en todas las áreas o ramas del derecho, sin limitación alguna, tales como la realización de auditorías; asesorías, estudios e informes en derecho y representación en actuaciones judiciales; y en general, la ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirectamente, con los rubros mencionados precedentemente. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que podrá abrir en cualquier otro lugar tanto del país como del extranjero. Duración: La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la escritura que se extracta y tendrá una duración de treinta años, plazo que se entenderá renovado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle fin, lo que deberán hacer por escritura pública extendida con seis meses de anticipación a la expiración del plazo de duración o de su respectiva prórroga y anotarse al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 7 de diciembre de 2022.-