MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CENTRO DE PREVENCIÓN, ASESORÍA Y RESOLUCIÓN SpA

RUT 76697638-7 CVE 2241194
Capital
$25.000.000 CLP
Fecha instrumento
16 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
16 de diciembre de 2022
Notario
Andrés Carlos Zavala Courriol
Oficio
29º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$25.000.000 CLP
Duración
La duración de la sociedad será de 10 años contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo periodo. (iv)

Objeto social

(a) la capacitación en materias relacionadas con acoso sexual, acoso laboral y discriminación; (b) la resolución de denuncias de acoso sexual, laboral y discriminación; (c) la asesoría permanente a personas naturales y)o jurídicas respecto a materias relacionadas con acoso sexual, acoso laboral y discriminación; (d) la generación, difusión y comercialización de contenido formativo audiovisual relativo a las materias vinculadas con la prevención de acoso sexual, acoso laboral y conflictos de relaciones interpersonales; y (e) la prestación de servicios y asesorías en las áreas relacionadas en las letras (a), (b), (c) y (d) precedentes, pudiendo ejecutar y celebrar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines y que se relacionen directa o indirectamente a ellos; /Dos/ Transformar la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada; y /Tres/ Fijar un nuevo texto refundido de los estatutos sociales, de los cuales se extracta lo siguiente: (i)

Administración

La administración, representación de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá individual e indistintamente a uno cualquiera de los socios don José Ignacio Montero Orphanopoulos y don Luis Maximiliano Fontanet Labbé

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Andrés Carlos Zavala Courriol, Notario Público, Interino de la 29º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Mac- Iver N° 225, Of. 302, certifica: que: por escritura pública de fecha 16 de diciembre del año 2022, ante mí, don José Ignacio Montero Orphanopoulos y don Luis Maximiliano Fontanet Labbé, en su calidad de únicos accionistas de CENTRO DE PREVENCIÓN, ASESORÍA Y RESOLUCIÓN SpA, acordaron: /Uno/ Modificar el objeto social por el siguiente: La sociedad tiene por objeto: (a) la capacitación en materias relacionadas con acoso sexual, acoso laboral y discriminación; (b) la resolución de denuncias de acoso sexual, laboral y discriminación; (c) la asesoría permanente a personas naturales y/o jurídicas respecto a materias relacionadas con acoso sexual, acoso laboral y discriminación; (d) la generación, difusión y comercialización de contenido formativo audiovisual relativo a las materias vinculadas con la prevención de acoso sexual, acoso laboral y conflictos de relaciones interpersonales; y (e) la prestación de servicios y asesorías en las áreas relacionadas en las letras (a), (b), (c) y (d) precedentes, pudiendo ejecutar y celebrar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines y que se relacionen directa o indirectamente a ellos; /Dos/ Transformar la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada; y /Tres/ Fijar un nuevo texto refundido de los estatutos sociales, de los cuales se extracta lo siguiente: (i) Socios: don José Ignacio Montero Orphanopoulos y don Luis Maximiliano Fontanet Labbé, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea número 3.162, oficina 702, comuna de Las Condes, Santiago. (ii) Razón Social: La razón social de la sociedad es CENTRO DE PREVENCIÓN, ASESORÍA Y RESOLUCIÓN LIMITADA. (iii) Duración: La duración de la sociedad será de 10 años contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo periodo. (iv) Objeto: La sociedad tiene por objeto: (a) la capacitación en materias relacionadas con acoso sexual, acoso laboral y discriminación; (b) la resolución de denuncias de acoso sexual, laboral y discriminación; (c) la asesoría permanente a personas naturales y/o jurídicas respecto a materias relacionadas con acoso sexual, acoso laboral y discriminación; (d) la generación, difusión y comercialización de contenido formativo audiovisual relativo a las materias vinculadas con la prevención de acoso sexual, acoso laboral y conflictos de relaciones interpersonales; y (e) la prestación de servicios y asesorías en las áreas relacionadas en las letras (a), (b), (c) y (d) precedentes, pudiendo ejecutar y celebrar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines y que se relacionen directa o indirectamente a ellos. (v) Capital: El capital de la sociedad es la suma de $25.000.000, que los socios aportan de la siguiente manera: (a) don José Ignacio Montero Orphanopoulos aportó la cantidad de $12.500.000, suma que ha sido íntegramente pagada con anterioridad al 16 de diciembre del año 2022; y (b) don Luis Maximiliano Fontanet Labbé aportó la cantidad de $12.500.000, suma que ha sido íntegramente pagada con anterioridad al 16 de diciembre del año 2022. Los socios limitaron su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. (vi) Administración: La administración, representación de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá individual e indistintamente a uno cualquiera de los socios don José Ignacio Montero Orphanopoulos y don Luis Maximiliano Fontanet Labbé. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto, para requerir las inscripciones, subinscripciones, anotaciones y publicaciones que fueren procedentes, y para efectuar todos los trámites conducentes a la completa legalización de la presente transformación. Santiago, 16 de diciembre del año 2022.