MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CAB FELIPE CABELLO Y ASOCIADOS SpA

RUT 76449034-7 CVE 2240651
Capital
$40.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
20 de diciembre de 2022
Notario
R. ALFREDO MARTIN ILLANES
Oficio
15ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$40.000.000 CLP
Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, en la Región Metropolitana
Duración
- La sociedad empezará a regir a contar de la fecha del presente instrumento y tendrá una duración de 5 años.- Dicho plazo se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública, anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con 3 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento de que se trate

Objeto social

- Acuerdan modificar estatuto social, eliminado de éste, el de “b) la participación directa o indirecta en sociedades, empresas, negocios o inversiones relacionadas con lo anterior” y el de “c) Efectuar todos los actos señalados por cuenta propia o ajena, y abordar los negocios directamente o por medio de otras sociedades en las que ella participe o forme al efecto”, precisando el objeto de las asesorías, el que corresponderá exclusivamente al de asesorías profesionales. TRANSFORMACIÓN.- Acuerdan la transformación de la sociedad por acciones, en una sociedad de responsabilidad limitada, a fin de regirse en el futuro por las normas que para este último tipo de sociedades establece nuestra legislación. Dictando siguiente estatuto:

Administración

- La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación corresponderá, con las facultades de administración y de disposición indistintamente a don CARLOS FELIPE CABELLO HORMAZÁBAL y)o a doña JULIA SOFÍA ACOSTA ROJAS, quienes anteponiendo a sus firmas y nombres, la razón social, representarán y obligarán a la sociedad.- Del

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

R. ALFREDO MARTIN ILLANES, abogado, Notario Público Titular 15ª Notaría de Santiago, Mardoqueo Fernández 201, oficinas 101 y 102, Providencia, Región Metropolitana, certifica que por escritura pública de hoy, ante mi, CARLOS FELIPE CABELLO HORMAZÁBAL, ingeniero civil, C.I. 7.037.091-3 y; JULIA SOFÍA ACOSTA ROJAS, ingeniero civil, C.I. 22.015.938-8, ambos Avenida del Parque Antonio Rabat 6.390, departamento 12, Vitacura, Región Metropolitana, MODIFICARON “CAB FELIPE CABELLO Y ASOCIADOS SpA”, RUT Nº 76.449.034-7, inscrita en Registro de Comercio de Santiago, año 2016, a fojas 76.486, número 41.317, ASÍ: REDUCCIÓN DE CAPITAL. Acuerdan modificar estatutos, en lo referente al capital social, reduciéndolo de pleno derecho al capital efectivamente pagado, esto es, a la suma de $40.000.000, dividido en 4.000 acciones nominativas, de igual valor y sin valor nominal, sin preferencia de ninguna clase, totalmente suscritas y pagadas, MODIFICACIÓN. OBJETO SOCIAL.- Acuerdan modificar estatuto social, eliminado de éste, el de “b) la participación directa o indirecta en sociedades, empresas, negocios o inversiones relacionadas con lo anterior” y el de “c) Efectuar todos los actos señalados por cuenta propia o ajena, y abordar los negocios directamente o por medio de otras sociedades en las que ella participe o forme al efecto”, precisando el objeto de las asesorías, el que corresponderá exclusivamente al de asesorías profesionales. TRANSFORMACIÓN.- Acuerdan la transformación de la sociedad por acciones, en una sociedad de responsabilidad limitada, a fin de regirse en el futuro por las normas que para este último tipo de sociedades establece nuestra legislación. Dictando siguiente estatuto: Socios.- CARLOS FELIPE CABELLO HORMAZÁBAL, ingeniero civil, C.I. 7.037.091-3 y; JULIA SOFÍA ACOSTA ROJAS, ingeniero civil, C.I. 22.015.938-8, ambos Avenida del Parque Antonio Rabat 6.390, departamento 12, Vitacura, Región Metropolitana.- Razón Social.- La sociedad se denominará “CAB FELIPE CABELLO Y ASOCIADOS LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, en especial bancarios, comerciales y de publicidad el siguiente nombre de fantasía “CAB Ltda.”.- Del domicilio.- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, en la Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que se puedan abrir en otros puntos del país o del extranjero.- Del Objeto.- El objeto de la sociedad será: A) La prestación de toda clase de servicios profesionales en el campo de la construcción, tales como la consultoría, inspección técnica, asesoría, y la formulación y análisis de proyectos y; B) En general, efectuar todas las operaciones, celebrar todos los contratos o ejecutar todos los actos que sean convenientes o necesarios para cumplir el objetivo social o que se relacionen con el giro principal de los negocios señalados o que lo complementen, directa o indirectamente.- De la administración.- La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación corresponderá, con las facultades de administración y de disposición indistintamente a don CARLOS FELIPE CABELLO HORMAZÁBAL y/o a doña JULIA SOFÍA ACOSTA ROJAS, quienes anteponiendo a sus firmas y nombres, la razón social, representarán y obligarán a la sociedad.- Del Capital.- El capital de la sociedad, completamente pagado en la sociedad que se transforma, es la suma de $40.000.000, distribuido entre los socios de la siguiente manera: a) Carlos Felipe Cabello Hormazábal, $20.000.000, equivalentes al 50%, de los derechos y capital social ya aportados a la caja social en relación a las acciones que poseía en la sociedad que por este acto se transforma y; b) Julia Sofía Acosta Rojas, $20.000.000, equivalentes al 50% de los derechos y capital social, ya aportados a la caja social en relación a las acciones que poseía en la sociedad que por este acto se transforma. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Vigencia y duración.- La sociedad empezará a regir a contar de la fecha del presente instrumento y tendrá una duración de 5 años.- Dicho plazo se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública, anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con 3 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento de que se trate. Demás estipulaciones, en escritura extractada. Santiago, 20 de diciembre de 2022.-