BARAONA Y COMPAÑÍA SpA
Instrumento
- Fecha
- 19 de diciembre de 2022
- Notario
- HUMBERTO QUEZADA MORENO
- Oficio
- 26ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, abogado, Notario Público Titular de la 26ª Notaría de Santiago, con oficio en Av. Apoquindo 3.196, comuna de Las Condes, certifica que por escritura pública de fecha 19 de diciembre de 2022, Rep. 11.869, ante mí, JORGE BARAONA GONZÁLEZ y JORGE BARAONA CORREA, representado éste último por Ignacio Pérez-Iñigo Baraona, todos domiciliados en calle Alcántara 271, oficina 703, comuna de Las Condes, en su calidad de únicos y actuales accionistas de la sociedad “BARAONA Y COMPAÑÍA SpA”, inscrita a fojas 23.907 Nº 16.796 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2012, acordaron transformar la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada, fijando sus nuevos estatutos sociales, de cuyo estatuto se extracta lo siguiente: La sociedad girará bajo el nombre o la razón social “BARAONA Y COMPAÑÍA LIMITADA”, pudiendo actuar para todos los efectos legales y tributarios, incluyendo bancos e instituciones financieras, con la razón social abreviada “BARAONA Y CÍA. LTDA.”, y podrá usar como nombre de fantasía el de “Baraona, Abogados”.- La sociedad tendrá por objeto el desarrollo de las siguientes actividades: Uno) la prestación por cuenta propia o ajena de toda clase de asesorías en las áreas jurídicas, contables, laborales, aduaneras y tributarias; Dos) la prestación de servicios de capacitación, incluyendo la organización e implementación de cursos, seminarios, charlas y desarrollo de toda clase de actividades de capacitación en las áreas anteriormente señaladas; Tres) otras actividades de asesorías y servicios profesionales que los socios acuerden relacionadas con lo anterior.- El capital de la sociedad será de $1.000.000 que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: A) Jorge Baraona González, aporta la suma de $900.000, esto es, el 90% de los derechos sociales, ya enterados y pagados, en dinero efectivo y a entera satisfacción de la sociedad; y B) Jorge Baraona Correa, aporta la suma de $100.000, esto es, el 10% por ciento de los derechos sociales, ya enterados y pagados, en dinero efectivo y a entera satisfacción de la sociedad; De esta manera, el capital de la sociedad se encuentra íntegramente pagado e ingresado a la Caja Social. Adicionalmente, los socios se obligan a aportar sus servicios personales.- El domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las oficinas, sucursales o agencias que se establezcan en cualquier punto del país o en el extranjero.- La sociedad tendrá una duración de 5 años a contar de la fecha de la escritura. Su vigencia se prorrogará tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de poner término a la sociedad, en la forma señalada en estatutos.- La responsabilidad de los socios está limitada al monto de sus respectivos aportes.- El uso de la razón social y administración de la sociedad corresponderá al socio Jorge Baraona González, quién anteponiendo la razón social a su firma representará y obligará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y distribución. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 20 de diciembre de 2022.- HQM. Not. Pub.