ASESORÍAS JURÍDICAS ALCÁNTARA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de diciembre de 2022
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- 5 años a contar fecha escritura, renovables a su vencimiento en forma automática, tácita y sucesiva, y por períodos iguales y sucesivos de 2 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante declaración efectuada por escritura pública, que se anotará al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos 6 meses al final del período respectivo
Objeto social
La prestación de servicios, asesorías, consultorías y asistencia técnica o profesional, en materias jurídicas y legales, ya sea por intermedio de sus socios o contratando al efecto otros profesionales o personas
Administración
La administración de la Sociedad corresponderá a don ÓSCAR ANDRÉS MUSALEM CARRASCO, quien actuando en nombre y representación de la Sociedad, podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos, contratos, convenciones, negocios y trámites, sean éstos de administración o disposición de bienes, con las más amplias facultades, y las indicadas en escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, Piso 2, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública fecha 13 de diciembre de 2022, REP. N°34.209/2022, otorgada ante mí, Óscar Andrés Musalem Carrasco y Alejandro Elías Hasbún Ramírez, ambos domiciliados en Cerro El Plomo N° 5855, oficina 406, Las Condes, constituyeron sociedad civil de responsabilidad limitada: Razón social: “ASESORÍAS JURÍDICAS ALCÁNTARA LIMITADA”, pudiendo usar para fines comerciales, publicitarios, o de propaganda la abreviatura o nombre de fantasía “ASESORÍAS ALCÁNTARA LTDA.”. Objeto: La prestación de servicios, asesorías, consultorías y asistencia técnica o profesional, en materias jurídicas y legales, ya sea por intermedio de sus socios o contratando al efecto otros profesionales o personas. Capital: $1.000.000 que los socios aportan en la siguiente forma y proporción: Uno) ÓSCAR ANDRÉS MUSALEM CARRASCO, aporta la suma de $950.000, equivalentes a un 95% de los derechos y capital social, que entera y paga al contado y en dinero efectivo, y que ingresados a la caja social; y Dos) ALEJANDRO ELÍAS HASBÚN RAMÍREZ, aporta la suma de $50.000, equivalentes a un 5% de los derechos y capital social, que entera y paga al contado y en dinero efectivo, ingresados a la caja social. Administración: La administración de la Sociedad corresponderá a don ÓSCAR ANDRÉS MUSALEM CARRASCO, quien actuando en nombre y representación de la Sociedad, podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos, contratos, convenciones, negocios y trámites, sean éstos de administración o disposición de bienes, con las más amplias facultades, y las indicadas en escritura. Duración: 5 años a contar fecha escritura, renovables a su vencimiento en forma automática, tácita y sucesiva, y por períodos iguales y sucesivos de 2 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante declaración efectuada por escritura pública, que se anotará al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos 6 meses al final del período respectivo. Domicilio: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de sucursales o agencias que sus administradores puedan abrir o iniciar. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 de Diciembre de 2022.