ANDRADE Y ANDRADE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de noviembre de 2022
- Repertorio
- 710-2022
- Notario
- Rodrigo Javier Díaz Suárez
- Oficio
- 4ta. Notaría de Puerto Varas
- Comuna
- Puerto Varas
Sociedad
- Capital
- $200.000.000 CLP
- Domicilio
- CIUDAD Y COMUNA DE LOS MUERMOS
- Duración
- TRES AÑOS, prorrogables en forma automática por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo si cualquiera de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio respectivo, todo con una anticipación mínima de seis meses previo a la fecha de vencimiento del plazo o de alguna de sus prórrogas
Objeto social
A.- Explotación mataderos bovinos, ovinos, equinos, caprinos, Porcinos.- B.- Elaboración y conservación de carne y productos cárnicos-. C.- Ventas por menor alimentos en comercios especializados (almacenes).- D.- Efectuar toda clase inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, comunidades o asociaciones y toda clase de títulos, efectos de comercio o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes muebles e inmuebles y en especial bienes raíces rústicos o urbanos, explotados directamente o por terceros en cualquier forma; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte de otras sociedades, modificarlas, asumir administración de las mismas y en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines.- E.- La importación, exportación, distribución, representación, comercialización, elaboración, fabricación, terminación, almacenamiento, depósito, armaduría y ensamblaje de toda clase de mercadería y productos, sea por cuenta propia o ajena, y, demás actividades vinculadas con el objeto social y en general las demás actividades conexas y)o complementarias con la anterior.- F.- La ejecución o celebración de cualquier actividad relacionada en forma directa o indirecta con los objetivos anteriores. Para la consecución de sus fines la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes para dicho logro.- G.- En general, la sociedad podrá dedicarse a todo tipo de negocios que los socios acuerden, que se relacionen con su objeto social, y podrá celebrar todos los actos, contratos y negocios que tiendan a la consecución y cumplimiento de su objeto, más toda otra actividad que los socios de común acuerdo determinen.- H.- Para el cumplimiento del objeto social podrá asociarse, recibir aportes y celebrar todo tipo de convenciones con sociedades, agencias de sociedades, personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras.- I.- Realizar toda clase de operaciones, tanto nacionales como de comercio exterior; adquirir, enajenar, recibir, constituir derechos reales y)o personales, celebrar actos, convenciones y contratos sobre bienes corporales o incorporales, acciones, valores mobiliarios y efectos de comercio en general, con personas naturales o jurídicas, sociedades constituidas o en formación, nacionales o extranjeras.- J.- En general, la sociedad podrá dedicarse a todo tipo de negocios que los socios acuerden, que se relacionen con su objeto social, y podrá celebrar todos los actos, contratos y negocios que tiendan a la consecución y cumplimiento de su objeto, más toda otra actividad que los socios de común acuerdo determinen.- K.- Cualquier otra actividad que acuerden los
Administración
será ejercida en forma exclusiva por JOSÉ RENATO ANDRADE PEREZ, Quien podrá actuar por la sociedad según facultades que se señalan en la escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRodrigo Javier Díaz Suárez, Notario Público 4ta. Notaría de Puerto Varas, con asiento en Fresia. Calle San José N°009, certifico: Por escritura pública, ante mí, 10 noviembre de 2022, repertorio 710-2022, JOSE RENATO ANDRADE PEREZ, chileno, casado, factor de comercio, cedula nacional de identidad 9.226.728-8, domiciliado kilómetro 14 camino a Fresia, comuna Los Muermos y RENATO ARNOLDO ANDRADE TENORIO, chileno, casado, técnico administración y gestión empresas, cedula nacional identidad 19.366.236-6, domiciliado ruta V-46, kilómetros 34, 36, comuna de Los Muermos. Constituyeron Sociedad Responsabilidad Limitada: RAZON SOCIAL: ANDRADE Y ANDRADE LIMITADA, pudiendo usar nombre fantasía ANDRADE LTDA. DOMICILIO: CIUDAD Y COMUNA DE LOS MUERMOS. OBJETO: A.- Explotación mataderos bovinos, ovinos, equinos, caprinos, Porcinos.- B.- Elaboración y conservación de carne y productos cárnicos-. C.- Ventas por menor alimentos en comercios especializados (almacenes).- D.- Efectuar toda clase inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, comunidades o asociaciones y toda clase de títulos, efectos de comercio o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes muebles e inmuebles y en especial bienes raíces rústicos o urbanos, explotados directamente o por terceros en cualquier forma; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte de otras sociedades, modificarlas, asumir administración de las mismas y en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines.- E.- La importación, exportación, distribución, representación, comercialización, elaboración, fabricación, terminación, almacenamiento, depósito, armaduría y ensamblaje de toda clase de mercadería y productos, sea por cuenta propia o ajena, y, demás actividades vinculadas con el objeto social y en general las demás actividades conexas y/o complementarias con la anterior.- F.- La ejecución o celebración de cualquier actividad relacionada en forma directa o indirecta con los objetivos anteriores. Para la consecución de sus fines la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes para dicho logro.- G.- En general, la sociedad podrá dedicarse a todo tipo de negocios que los socios acuerden, que se relacionen con su objeto social, y podrá celebrar todos los actos, contratos y negocios que tiendan a la consecución y cumplimiento de su objeto, más toda otra actividad que los socios de común acuerdo determinen.- H.- Para el cumplimiento del objeto social podrá asociarse, recibir aportes y celebrar todo tipo de convenciones con sociedades, agencias de sociedades, personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras.- I.- Realizar toda clase de operaciones, tanto nacionales como de comercio exterior; adquirir, enajenar, recibir, constituir derechos reales y/o personales, celebrar actos, convenciones y contratos sobre bienes corporales o incorporales, acciones, valores mobiliarios y efectos de comercio en general, con personas naturales o jurídicas, sociedades constituidas o en formación, nacionales o extranjeras.- J.- En general, la sociedad podrá dedicarse a todo tipo de negocios que los socios acuerden, que se relacionen con su objeto social, y podrá celebrar todos los actos, contratos y negocios que tiendan a la consecución y cumplimiento de su objeto, más toda otra actividad que los socios de común acuerdo determinen.- K.- Cualquier otra actividad que acuerden los socios.- CAPITAL: $200.000.000, que socios aportan de la siguiente forma: a) El socio JOSÉ RENATO ANDRADE PÉREZ aporta en dominio inmueble urbano ubicado en calle José Manuel Balmaceda número doscientos cincuenta y cinco, ciudad y comuna de Los Muermos. El citado aporte las partes lo avalúan en la suma de cien millones de pesos, que corresponden al cincuenta por ciento del capital social, el que será ocupado para la construcción y funcionamiento del negocio, dentro del plazo de tres meses.- b) El socio RENATO ARNOLDO ANDRADE TENORIO, con la suma de cien millones de pesos, ingresándolos al contado y en este acto a la caja social y corresponden al cincuenta y un por ciento del capital social.- ambos socios por sí y en nombre de la sociedad que por este acto se constituye.- DURACION: TRES AÑOS, prorrogables en forma automática por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo si cualquiera de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio respectivo, todo con una anticipación mínima de seis meses previo a la fecha de vencimiento del plazo o de alguna de sus prórrogas.- ADMINISTRACION: será ejercida en forma exclusiva por JOSÉ RENATO ANDRADE PEREZ, Quien podrá actuar por la sociedad según facultades que se señalan en la escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Fresia, 16 noviembre 2022. DOY FE.-