MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA ORIENTE LIMITADA

RUT 79942570-K CVE 2240565
Fecha instrumento
19 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
19 de diciembre de 2022
Repertorio
6230/2022
Notario
GONZALO SERGIO MENDOZA GUIÑEZ
Domicilio
doña Antonieta Mendoza Escalas
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GONZALO SERGIO MENDOZA GUIÑEZ, Notario Público Suplente de doña Antonieta Mendoza Escalas, Titular 16º Notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: Por escritura hoy 19 diciembre 2022, Repertorio 6230 / 2022, ante mí, comparecieron don RODRIGO DURAN RIUS, doña MARIA CONSTANZA TRAVERSO ARANCIBIA, ambos domiciliados en calle Sierra Bella número doce mil cuatrocientos sesenta y ocho, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; y don SEBASTIAN DURAN TRAVERSO, domiciliado en Alto Las Cruces, Condominio Santa María, casa veintiséis, comuna de Talca, Región del Maule, modifican la sociedad de Responsabilidad Limitada denominada AGRÍCOLA ORIENTE LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha 6 de octubre de 1989, otorgada en la Notaría de Santiago de don René Benavente Cash. Un extracto de la escritura de constitución se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Santiago a fojas 26.987 N° 14.658 del año 1989 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 16 de octubre de 1989. Las modificaciones dicen relación con la administración de la sociedad y el plazo de duración en el siguiente sentido: “La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá individual e indistintamente a don EDUARDO ESTEBAN SCHEUCH LARA” con las facultades definidas en la escritura que se extracta. Además, acuerdan que “El plazo de duración de la sociedad será de 50 años contados desde el primero de diciembre de 2022, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término por medio de escritura pública anotada al margen de la inscripción social en un plazo anterior a 2 años del cumplimiento de cada período.”. Otras estipulaciones no materia de extracto fueron acordadas en escritura de modificación. Santiago, 19 diciembre 2022.