MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRICOLA DOÑA MONONA LIMITADA

RUT 76058551-3 CVE 2240843
Capital
$160.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de abril de 2009
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
30 de abril de 2009

Sociedad

Capital
$160.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Curicó
Duración
Veinte años contados desde su constitución, prorrogables automática y sucesivamente por períodos iguales de cinco años

Objeto social

El objeto de la sociedad es: a) la inversión, con fines rentísticos, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, el arrendamiento o explotación en cualquier forma de estas inversiones y sus frutos; b) la explotación agrícola, frutícola, forestal, vitivinícola y ganadera de todo tipo de predios rústicos, propios o ajenos, y la comercialización y exportación de sus productos, todo ello por cuenta propia o de terceros. En general, podrá realizar todos los actos y contratos que digan relación directa o indirecta con el

Administración

La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a la socia Mónica Susana Soler Ruiz con facultades y limitaciones señaladas en escritura extractada; y, 2) Como consecuencia de la división se redujo el capital social de Agrícola Doña Monona Limitada, por tanto, se reemplaza el Art. 6º estatutos por el siguiente: “SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de $21.071.646 pesos, el que se aporta de la siguiente forma: /a) doña Mónica Susana Soler Ruiz aporta la suma de $1.053.582 pesos, que equivalen al cinco por ciento del capital e interés social de la sociedad, enterados con anterioridad a esta fecha; /b) don Nicolás Urzúa Soler aporta la suma de $10.009.032 pesos, que equivalen al cuarenta y siete coma cinco por ciento del capital e interés social de la sociedad, enterados con anterioridad a esta fecha; y c) don Mauricio José Urzúa Soler aporta la suma de $10.009.032 pesos, que equivalen al cuarenta y siete coma cinco por ciento del capital e interés social de la sociedad, enterados con anterioridad a esta fecha. El capital se encuentra totalmente suscrito y pagado”. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociedad dividida

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RENÉ LEÓN MANIEU, Notario Curicó, con oficio en calle Carmen 489, certifica: Por escritura hoy ante mí, MONICA SUSANA SOLER RUIZ, NICOLAS URZUA SOLER y MAURICIO JOSE URZUA SOLER, todos domiciliados para estos efectos en Carretera Longitudinal Sur KM 187, comuna de Romeral, provincia de Curicó, modificaron sociedad de responsabilidad limitada AGRICOLA DOÑA MONONA LIMITADA, constituida por escritura pública de 30 abril de 2009, notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, extracto inscrito fojas 331 vuelta, número 269, Registro Comercio Curicó año 2009, RUT 76.058.551-3, Capital: $160.000.000, en el siguiente sentido: 1) Dividir Agrícola Doña Monona Limitada en dos sociedades: i) una sociedad continuadora que conservará misma personalidad jurídica, razón social y RUT; y ii) una nueva sociedad de responsabilidad limitada, AGRICOLA URZUA SOLER LIMITADA, que se forma como consecuencia de la división, a la cual se asignan los activos y pasivos singularizados en escritura extractada, y se le distribuye la parte del patrimonio social que allí se indica. Con motivo de esta división los socios de AGRICOLA DOÑA MONONA LIMITADA se han incorporado de pleno derecho en nueva sociedad con igual participación que detentan en sociedad que se divide. Estatutos se extractan a continuación: Razón Social. “Agrícola Urzúa Soler Limitada”. Objeto. El objeto de la sociedad es: a) la inversión, con fines rentísticos, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, el arrendamiento o explotación en cualquier forma de estas inversiones y sus frutos; b) la explotación agrícola, frutícola, forestal, vitivinícola y ganadera de todo tipo de predios rústicos, propios o ajenos, y la comercialización y exportación de sus productos, todo ello por cuenta propia o de terceros. En general, podrá realizar todos los actos y contratos que digan relación directa o indirecta con el objeto social. Domicilio. Ciudad de Curicó, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y/o en el extranjero. Duración. Veinte años contados desde su constitución, prorrogables automática y sucesivamente por períodos iguales de cinco años. Capital. El capital de la sociedad es la suma de $138.928.354 pesos, el que se aporta de la siguiente forma: /a/ doña Mónica Susana Soler Ruiz aporta la suma de $6.946.418 pesos, que equivalen al cinco por ciento del capital e interés social de la sociedad, enterados con anterioridad a esta fecha; /b/ don Nicolás Urzúa Soler aporta la suma de $65.990.968 pesos, que equivalen al cuarenta y siete coma cinco por ciento del capital e interés social de la sociedad, enterados con anterioridad a esta fecha; y c) don Mauricio José Urzúa Soler aporta la suma de $65.990.968 pesos, que equivalen al cuarenta y siete coma cinco por ciento del capital e interés social de la sociedad, enterados con anterioridad a esta fecha. El capital se encuentra totalmente suscrito y pagado. Responsabilidad de los Socios: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Administración. La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a la socia Mónica Susana Soler Ruiz con facultades y limitaciones señaladas en escritura extractada; y, 2) Como consecuencia de la división se redujo el capital social de Agrícola Doña Monona Limitada, por tanto, se reemplaza el Art. 6º estatutos por el siguiente: “SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de $21.071.646 pesos, el que se aporta de la siguiente forma: /a/ doña Mónica Susana Soler Ruiz aporta la suma de $1.053.582 pesos, que equivalen al cinco por ciento del capital e interés social de la sociedad, enterados con anterioridad a esta fecha; /b/ don Nicolás Urzúa Soler aporta la suma de $10.009.032 pesos, que equivalen al cuarenta y siete coma cinco por ciento del capital e interés social de la sociedad, enterados con anterioridad a esta fecha; y c) don Mauricio José Urzúa Soler aporta la suma de $10.009.032 pesos, que equivalen al cuarenta y siete coma cinco por ciento del capital e interés social de la sociedad, enterados con anterioridad a esta fecha. El capital se encuentra totalmente suscrito y pagado”. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociedad dividida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Curicó, 14 de diciembre 2022.-