ACUÑA Y MIRANDA ABOGADOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 16 de diciembre de 2022
- Notario
- KARI DEL ROSARIO WOLDARSKY ARANCIBIA
- Oficio
- Séptima Notaría de San Miguel
- Comuna
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Duración
- 10 años, prorrogable automática y sucesivamente por períodos de 10 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifestare voluntad de ponerle término con una anticipación de, a lo menos, 6 meses a la fecha de vencimiento del período respectivo. El capital social es la cantidad de dos millones de pesos, que los socios han aportado y pagado en dinero efectivo, con anterioridad, y del modo siguiente: a) XIMENA DEL PILAR ACUÑA VALDEBENITO, $1.000.0000, equivalentes a 50% interés social; y b) FLAVIO ANDRÉS MIRANDA SAGÜEZ, $1.000.000 equivalentes a 50% interés social. El capital social queda íntegramente aportado y pagado. Socios limitan responsabilidad monto respectivos
Objeto social
a) La prestación de servicios y asesoramiento jurídico integral a personas naturales y)o jurídicas, públicas y)o privadas, nacionales y)o extranjeras, sean ellas regidas por el derecho público, privado o internacional, en todo tipo de materias, comprendiendo materias litigiosas en sede judicial, administrativa y contralora de índole administrativo, negociaciones privadas o con organismos públicos o semipúblicos, pudiendo brindar clases, capacitaciones, informes, peritajes documentales, gestionar inversiones, constituir, modificar, fusionar y disolver toda clase de personas jurídicas de derecho privado, entre otras relacionadas, y representar judicial y extrajudicialmente a sus clientes de cualquier naturaleza; intermediar entre organismos públicos y)o privados o actuar directamente en su representación; b) La prestación de todo servicio de asesoría jurídica y judicial relacionado con la cobranza, de carácter administrativo, prejudicial o judicial, ya sea vigente, preventiva, vencida o castigada, en forma directa o indirecta, en terreno y telefónicamente, administrando carteras, contratando los servicios de personas, profesionales o empresas, dedicadas o relacionadas con el giro social, prestando además servicios de recaudación, retiro y traslado de prendas en garantía y demás actividades que los accionistas acuerden en el futuro y que se desarrolle directa; c) El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores. d) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y)o particulares, sean estos nacionales o extranjeros. Concurrir a la formación y)o participar en toda clase de sociedades de personas, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general. Administración y uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARI DEL ROSARIO WOLDARSKY ARANCIBIA, Abogada, Notario Público Interino de la Séptima Notaría de San Miguel, con asiento en San Joaquín y oficio en calle Juan Sebastián Bach 41, certifico que ante mí, con esta fecha, se redujo a escritura pública el acta de la JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS SOCIEDAD ACUÑA Y MIRANDA ABOGADOS SPA, celebrada con fecha ocho de diciembre de 2022, a la que comparecen los únicos y actuales accionistas de la sociedad doña XIMENA DEL PILAR ACUÑA VALDEBENITO, con domicilio en Av Balmaceda 1750 oficina 907, comuna Calama, Región Antofagasta; y don FLAVIO ANDRÉS MIRANDA SAGÜEZ, con domicilio en Martín de Zamora 6082, depto. 54, Las Condes, Región Metropolitana, quienes acordaron transformar la sociedad por acciones ACUÑA Y MIRANDA ABOGADOS SPA en una sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos a continuación se extractan. Razón social: ACUÑA Y MIRANDA ABOGADOS LIMITADA. Objeto: a) La prestación de servicios y asesoramiento jurídico integral a personas naturales y/o jurídicas, públicas y/o privadas, nacionales y/o extranjeras, sean ellas regidas por el derecho público, privado o internacional, en todo tipo de materias, comprendiendo materias litigiosas en sede judicial, administrativa y contralora de índole administrativo, negociaciones privadas o con organismos públicos o semipúblicos, pudiendo brindar clases, capacitaciones, informes, peritajes documentales, gestionar inversiones, constituir, modificar, fusionar y disolver toda clase de personas jurídicas de derecho privado, entre otras relacionadas, y representar judicial y extrajudicialmente a sus clientes de cualquier naturaleza; intermediar entre organismos públicos y/o privados o actuar directamente en su representación; b) La prestación de todo servicio de asesoría jurídica y judicial relacionado con la cobranza, de carácter administrativo, prejudicial o judicial, ya sea vigente, preventiva, vencida o castigada, en forma directa o indirecta, en terreno y telefónicamente, administrando carteras, contratando los servicios de personas, profesionales o empresas, dedicadas o relacionadas con el giro social, prestando además servicios de recaudación, retiro y traslado de prendas en garantía y demás actividades que los accionistas acuerden en el futuro y que se desarrolle directa; c) El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores. d) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros. Concurrir a la formación y/o participar en toda clase de sociedades de personas, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general. Administración y uso Razón Social: XIMENA DEL PILAR ACUÑA VALDEBENITO con las más amplias facultades y sin limitación. Duración: 10 años, prorrogable automática y sucesivamente por períodos de 10 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifestare voluntad de ponerle término con una anticipación de, a lo menos, 6 meses a la fecha de vencimiento del período respectivo. El capital social es la cantidad de dos millones de pesos, que los socios han aportado y pagado en dinero efectivo, con anterioridad, y del modo siguiente: a) XIMENA DEL PILAR ACUÑA VALDEBENITO, $1.000.0000, equivalentes a 50% interés social; y b) FLAVIO ANDRÉS MIRANDA SAGÜEZ, $1.000.000 equivalentes a 50% interés social. El capital social queda íntegramente aportado y pagado. Socios limitan responsabilidad monto respectivos aportes. Sociedad inscrita a fojas 88.473, N°42.561 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago, año 2020.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- San Joaquín, 16 de Diciembre de 2022.