Ried Fabres SpA
Instrumento
- Fecha
- 13 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 24972
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- La duración de la Sociedad será de diez años contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de cinco años cada uno
Objeto social
a) La prestación de servicios legales y de asesoría, representación, gestión y administración de toda clase de negocios y sociedades y la asistencia técnica en general; b) La inversión ocasional en todas sus formas y en toda clase de bienes, la administración y explotación de los bienes en que invierta, la percepción de sus frutos y la participación en sociedades de profesionales; c) Todas las actividades lucrativas relacionadas directa o indirectamente con las citadas letras /a) y /b) anteriores. Para la consecución de sus fines, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades y personas jurídicas de cualquier clase
Administración
La administración, representación y uso de la razón social de la Sociedad corresponderá a los socios de la Sociedad, según sea el caso, quienes podrán actuar separada e indistintamente, directamente o a través de mandatarios designados al efecto (el “Administrador”)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Suplente de la 33 Notaría de Santiago, de don IVÁN TORREALBA ACEVEDO, con oficio en Huérfanos 979 oficina 501, Santiago, certifica: por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 13 de diciembre de 2022, bajo el Repertorio N° 24.972, José Miguel Ried Undurraga y Cristián Andrés Fabres Ruiz, ambos domiciliados en Avenida El Bosque Norte N° 500, piso 23, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, acordaron modificar el objeto y transformar la sociedad RIED FABRES SpA (en adelante, la “Sociedad”), inscrita a fojas 17.666 número 9.828 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2016, en el sentido siguiente: Uno. Modificar el Artículo Cuarto de los estatutos de la Sociedad, referido al objeto social, por el siguiente: “Artículo Cuarto: El objeto de la sociedad es: /a/ La prestación de servicios legales y de asesoría, representación, gestión y administración de toda clase de negocios y sociedades y la asistencia técnica en general. /b/ La inversión ocasional en todas sus formas y en toda clase de bienes, la administración y explotación de los bienes en que invierta, la percepción de sus frutos y la participación en sociedades de profesionales. c) Todas las actividades lucrativas relacionadas directa o indirectamente con las citadas letras /a/ y /b/ anteriores. Para la consecución de sus fines, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades y personas jurídicas de cualquier clase”. Dos. Transformar a la Sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada, aprobando los estatutos respectivos, cuyas estipulaciones principales son las siguientes: Razón Social y Socios: El nombre de la sociedad es “Ried Fabres Limitada” y sus socios son José Miguel Ried Undurraga y Cristián Andrés Fabres Ruíz, ambos domiciliados en Avenida El Bosque Norte N° 500, piso 23, comuna de Las Condes. Administración y Uso de la Razón Social: La administración, representación y uso de la razón social de la Sociedad corresponderá a los socios de la Sociedad, según sea el caso, quienes podrán actuar separada e indistintamente, directamente o a través de mandatarios designados al efecto (el “Administrador”). Capital: El capital de la Sociedad es de $1.000.000, suscrito y pagado de la siguiente forma: a) Jose Miguel Ried Undurraga suscribió y pagó íntegramente $500.000 del capital social; b) Cristián Fabres Ruiz suscribió y pagó íntegramente $500.000 del capital social. Objeto: a) La prestación de servicios legales y de asesoría, representación, gestión y administración de toda clase de negocios y sociedades y la asistencia técnica en general; b) La inversión ocasional en todas sus formas y en toda clase de bienes, la administración y explotación de los bienes en que invierta, la percepción de sus frutos y la participación en sociedades de profesionales; c) Todas las actividades lucrativas relacionadas directa o indirectamente con las citadas letras /a/ y /b/ anteriores. Para la consecución de sus fines, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades y personas jurídicas de cualquier clase. Duración: La duración de la Sociedad será de diez años contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de cinco años cada uno. Demás estipulaciones y que no son materia de extracto constan en escritura extractada. Santiago, 19 de diciembre de 2022.