Instrumento
- Fecha
- 12 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 15171-2022
- Notario
- ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO
- Oficio
- Cuadragésima Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio social será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros lugares del país o del extranjero
- Duración
- La sociedad durará diez años contados desde la fecha del presente instrumento, plazo que quedará prorrogado automáticamente por períodos sucesivos de diez años cada uno, a menos que cualquiera de los socios exprese su voluntad de ponerle término mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción del extracto de esta sociedad en el Registro de Comercio del Conservador respectivo y que deberá notificarse además mediante carta certificada despachada por Notario Público a cada uno de los socios, todo ello, con la anticipación mínima de seis meses al vencimiento del plazo respectivo, o de su correspondiente prórroga
Objeto social
El objeto de la sociedad será: uno) La prestación de servicios profesionales de diagnóstico, evaluación y ejecución de procedimientos médicos mínimamente invasivos, ambulatorios con fines terapéuticos y estéticos; dos) La prestación de servicios profesionales de diagnóstico, evaluación y ejecución de procedimientos dentales ambulatorios con fines terapéuticos y estéticos; y tres) Cualquier otra actividad profesional, que los socios acuerden relacionado con el giro principal
Administración
La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente a don JOSÉ RODRIGO ANFOSSI ORELLANA, a don JOSÉ DAVID ANFOSSI ORELLANA, y a doña CLAUDIA PATRICIA AVARIA VALDEBENITO, quienes, actuando individualmente, y anteponiendo la razón social a sus firmas, tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, tramitaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con el objeto social o que sean necesarias o conducentes a sus fines
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO, Abogada, Notario Público Interino de la Cuadragésima Octava Notaría de Santiago, con Oficio en Avenida Apoquindo 3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 12 de diciembre de 2022, Repertorio N°15.171-2022, ante mí, doña CLAUDIA PATRICIA AVARIA VALDEVENITO, domiciliada para estos efectos en Rio Inn N°29, condominio Los Ríos dos, Piedra Roja, Chicureo, comuna de Colina, Región Metropolitana, y doña ANDREA TATIANA IGLESIAS ATUÁN, domiciliada para estos efectos en Nahuel N°675, Cumbres de Andalué, comuna de San Pedro de la Paz, Región del Bio Bio; ambas de paso por esta ciudad, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada al monto de sus aportes. Razón Social: CLÍNICA AVARIA LIMITADA, pudiendo utilizar para fines comerciales, bancarios y publicitarios el nombre de fantasía “CLÍNICA AVARIA LTDA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: uno) La prestación de servicios profesionales de diagnóstico, evaluación y ejecución de procedimientos médicos mínimamente invasivos, ambulatorios con fines terapéuticos y estéticos; dos) La prestación de servicios profesionales de diagnóstico, evaluación y ejecución de procedimientos dentales ambulatorios con fines terapéuticos y estéticos; y tres) Cualquier otra actividad profesional, que los socios acuerden relacionado con el giro principal. Administración y uso de la razón social: La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente a don JOSÉ RODRIGO ANFOSSI ORELLANA, a don JOSÉ DAVID ANFOSSI ORELLANA, y a doña CLAUDIA PATRICIA AVARIA VALDEBENITO, quienes, actuando individualmente, y anteponiendo la razón social a sus firmas, tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, tramitaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con el objeto social o que sean necesarias o conducentes a sus fines. Capital: El capital social es la cantidad de $1.000.000.-, que los socios aportan y se obligan a enterar en la siguiente forma y proporciones: a) doña CLAUDIA PATRICIA AVARIA VALDEBENITO, la cantidad de $999.000.- pesos, equivalente a un 99.90% del capital social, suma que entera y paga íntegramente en este acto, en dinero efectivo e ingresado a la caja social; y b) doña ANDREA TATIANA IGLESIAS ATUÁN, la cantidad de $1.000.-, equivalente al 0.10% del capital social, suma que entera y paga íntegramente en este acto, en dinero efectivo e ingresado a la caja social. Domicilio Social: El domicilio social será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros lugares del país o del extranjero. Duración: La sociedad durará diez años contados desde la fecha del presente instrumento, plazo que quedará prorrogado automáticamente por períodos sucesivos de diez años cada uno, a menos que cualquiera de los socios exprese su voluntad de ponerle término mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción del extracto de esta sociedad en el Registro de Comercio del Conservador respectivo y que deberá notificarse además mediante carta certificada despachada por Notario Público a cada uno de los socios, todo ello, con la anticipación mínima de seis meses al vencimiento del plazo respectivo, o de su correspondiente prórroga. Responsabilidad de los Socios: Limitada al monto de sus aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de diciembre de 2022.