Instrumento
- Fecha
- 12 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 5417-2022
- Notario
- ANDRES CARLOS ZAVALA COURRIOL
- Oficio
- 29° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: /a) la inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, /b) la inversión en toda clase de sociedades, de personas o de capital, y la percepción de los frutos de tales inversiones, c) la prestación de servicios de estudios, planificación, elaboración y desarrollo de proyectos, consultorías, asesorías y servicios relacionados con perforaciones y exploraciones mineras, geológicas o de cualquier otra especie, y, d) en general, cualquier negocio relacionado con el objeto social u otro que los socios acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES CARLOS ZAVALA COURRIOL, Notario Público Interino de la 29° Notaría de Santiago, con oficio en Enrique Mac-Iver N°225, comuna de Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 12 de diciembre de 2022, repertorio N° 5417 - 2022, ante mí, /uno/ Inversiones CCM Limitada, /dos/ Inversiones Cuatro Robles Limitada, /tres/ Inversiones MFR&M Limitada, y /cuatro/ Inmobiliaria Cimal Limitada, todas debidamente representadas, constituyeron una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: “Anata SpA”.- Objeto: El objeto de la Sociedad será: /a/ la inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, /b/ la inversión en toda clase de sociedades, de personas o de capital, y la percepción de los frutos de tales inversiones, c) la prestación de servicios de estudios, planificación, elaboración y desarrollo de proyectos, consultorías, asesorías y servicios relacionados con perforaciones y exploraciones mineras, geológicas o de cualquier otra especie, y, d) en general, cualquier negocio relacionado con el objeto social u otro que los socios acuerden.- Capital: $5.000.000, dividido en 5.000 acciones nominativas, ordinarias, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se suscriben y paga conforme a lo establecido en el Artículo Tercero Transitorio de los estatutos sociales.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 20 de diciembre de 2022.