CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

AGRICOLA A Y C SpA

RUT 15405328-K CVE 2239311
Capital
$6.000.000 CLP
Fecha instrumento
15 de diciembre de 2022
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
15 de diciembre de 2022
Notario
RENE A. MARTINEZ LOAIZA
Domicilio
Melipilla

Sociedad

Capital
$6.000.000 CLP
Domicilio
- Comuna de San Pedro, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

- A) AGRICOLA: El objeto de la sociedad será la explotación de predios agrícolas propios o ajenos en cualquiera de sus formas; la comercialización de los frutos y productos que de ellos provengan, dentro de los cuales se incluye la crianza y engorda de animales; la compra y venta de insumos agrícolas; el arrendamiento, subarrendamiento y administración de predios agrícolas; la prestación de servicios agrícolas, y en general cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con el sector agrícola y ganadero y en general cualquier otra actividad que los socios acuerden libremente; B) TRANSPORTE: la administración y la explotación comercial de la actividad del transporte, nacional e internacional, urbano, suburbano, interurbano, servicios de carga y fletes en camiones o vehículos propios o de terceros, el transporte de pasajeros, escolares, turismo, taxis, arriendos de vehículos, además, efectuar negocios relacionados con el comercio en general, por cuenta propia o de terceros, consignaciones, importaciones y)o exportaciones de vehículos y de repuestos para los mismos, reparaciones de vehículos, compra y venta de repuestos, o cualquier otra actividad relacionada con este giro; C) PRESTACIÓN DE SERVICIOS AGRICOLA: la prestación de toda clase de servicios agrícolas, la contratación de servicios para terceros y la contratación de personal para terceros, y la asesoría en relación con tales labores; y, o cualquier otra actividad que no esté señalada expresamente en esta enunciación, que de lo dicho no resulta de manera alguna ser taxativa, y que los socios acuerden libremente desarrollar

Administración

-Corresponderá individualmente a uno o más administradores generales que actuarán en la forma y según lo determinen de tiempo en tiempo los accionistas, que los podrán elegir y designar o remover, en cualquier tiempo y a su solo arbitrio, por acuerdo adoptado en junta de accionistas, por una mayoría no inferior a la mitad más uno del total de las acciones emitidas con derecho a voto, o mediante declaración de todos ellos que representen dicha mayoría y conste en escritura pública, de lo que deberá tomarse nota o subinscribirse al margen de la inscripción social, sin perjuicio de la designación que consta en las disposiciones transitorias de los estatutos.- El o los administradores generales actuarán en la forma ya indicada, representando a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la ley o el estatuto no establezcan como privativas de la junta de accionistas, sin que sea necesario otorgarles poder alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia.- Se designa como único administrador de la sociedad a doña HADA DEL CARMEN ARMIJO GALLEGUILLOS, C.I. N° 15.405.328-K, quien anteponiendo su nombre a la razón social podrá representar a la sociedad con las atribuciones establecidas en el artículo quinto de estatutos, por el período de un año calendario a partir de esta fecha, renovable previo acuerdo de la junta de accionistas, protocolizado y anotado en el Registro de Comercio respectivo.- Se establece en este acto, que por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador general de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
HADA DEL CARMEN ARMIJO GALLEGUILLOS socio 15405328-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RENE A. MARTINEZ LOAIZA, Notario Público Melipilla, Avda Serrano 374, certifica por escritura pública fecha hoy ante mí. REPERTORIO N° 2722-2022, HADA DEL CARMEN ARMIJO GALLEGUILLOS, chilena, casada, agricultora, C.N.I. N° 15.405.328-K, domiciliada en Loica Arriba sin número, comuna de San Pedro, Provincia de Melipilla, constituye Sociedad por Acciones.- RAZON SOCIAL:- “AGRICOLA A Y C SpA”, sin perjuicio de ello, la sociedad podrá actuar y funcionar con el nombre de fantasía de “A Y C SpA”.- DOMICILIO:- Comuna de San Pedro, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. DURACION:- Indefinida, a contar de esta fecha.- OBJETO:- A) AGRICOLA: El objeto de la sociedad será la explotación de predios agrícolas propios o ajenos en cualquiera de sus formas; la comercialización de los frutos y productos que de ellos provengan, dentro de los cuales se incluye la crianza y engorda de animales; la compra y venta de insumos agrícolas; el arrendamiento, subarrendamiento y administración de predios agrícolas; la prestación de servicios agrícolas, y en general cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con el sector agrícola y ganadero y en general cualquier otra actividad que los socios acuerden libremente; B) TRANSPORTE: la administración y la explotación comercial de la actividad del transporte, nacional e internacional, urbano, suburbano, interurbano, servicios de carga y fletes en camiones o vehículos propios o de terceros, el transporte de pasajeros, escolares, turismo, taxis, arriendos de vehículos, además, efectuar negocios relacionados con el comercio en general, por cuenta propia o de terceros, consignaciones, importaciones y/o exportaciones de vehículos y de repuestos para los mismos, reparaciones de vehículos, compra y venta de repuestos, o cualquier otra actividad relacionada con este giro; C) PRESTACIÓN DE SERVICIOS AGRICOLA: la prestación de toda clase de servicios agrícolas, la contratación de servicios para terceros y la contratación de personal para terceros, y la asesoría en relación con tales labores; y, o cualquier otra actividad que no esté señalada expresamente en esta enunciación, que de lo dicho no resulta de manera alguna ser taxativa, y que los socios acuerden libremente desarrollar.- CAPITAL:- $6.000.000, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto.- La accionista doña HADA DEL CARMEN ARMIJO GALLEGUILLOS, suscribe en este acto MIL ACCIONES, las que se encuentran enteradas y pagadas al contado, en dinero efectivo e ingresadas en la caja social.- ADMINISTRACIÓN:-Corresponderá individualmente a uno o más administradores generales que actuarán en la forma y según lo determinen de tiempo en tiempo los accionistas, que los podrán elegir y designar o remover, en cualquier tiempo y a su solo arbitrio, por acuerdo adoptado en junta de accionistas, por una mayoría no inferior a la mitad más uno del total de las acciones emitidas con derecho a voto, o mediante declaración de todos ellos que representen dicha mayoría y conste en escritura pública, de lo que deberá tomarse nota o subinscribirse al margen de la inscripción social, sin perjuicio de la designación que consta en las disposiciones transitorias de los estatutos.- El o los administradores generales actuarán en la forma ya indicada, representando a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la ley o el estatuto no establezcan como privativas de la junta de accionistas, sin que sea necesario otorgarles poder alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia.- Se designa como único administrador de la sociedad a doña HADA DEL CARMEN ARMIJO GALLEGUILLOS, C.I. N° 15.405.328-K, quien anteponiendo su nombre a la razón social podrá representar a la sociedad con las atribuciones establecidas en el artículo quinto de estatutos, por el período de un año calendario a partir de esta fecha, renovable previo acuerdo de la junta de accionistas, protocolizado y anotado en el Registro de Comercio respectivo.- Se establece en este acto, que por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador general de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Melipilla, 15/12/2022.