SERVICIOS DENTALES VITADENT LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de diciembre de 2022
- Notario
- OLAYA FERRADA GARRIDO
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $76.850.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOLAYA FERRADA GARRIDO, Notario Público de Concepción, Suplente del Titular don RAMON GARCIA CARRASCO, domiciliada en Rengo 444 de esta ciudad, certifica: Por escritura pública de fecha 07 de diciembre de 2022, otorgada ante don José Agustín Donoso Musiate, Notario Público Suplente de este Oficio, comparecieron; JAVIER ALONSO GONZALEZ MOISAN, chileno, cirujano dentista, domiciliado en Chacabuco 729, Concepción; JORGE EDUARDO GONZALEZ BUSTOS, colombiano, cirujano dentista, domiciliado en Avenida Parques de Carriel 5.659, casa 42, Condominio Valle de Copiapó, Talcahuano; ALEJANDRA CELINDA UREÑA OVANDO, chilena, profesora, domiciliada en Chacabuco 729, Concepción; y LUZ MARINA DÍAZ ALMEYDA, colombiana, visitador médico, domiciliada en Avenida Parques de Carriel 5.659, casa 42, Condominio Valle de Copiapó, Talcahuano; todos socios de SERVICIOS DENTALES VITADENT LIMITADA, constituida escritura pública de fecha 15/12/1993, otorgada ante el Notario de Concepción, Enrique Herrera Silva, inscrita en el Registro de Comercio de Talcahuano, a fojas 28, Nº 14, año 1994. RUT 78.467.850-4. Capital Social: $76.850.000, la modificaron en siguiente sentido: Venta derecho social. 1) ALEJANDRA CELINDA UREÑA OVANDO, vende, cede y transfiere el total de su participación a JORGE EDUARDO GONZALEZ BUSTOS, quien compra, acepta y adquiere para sí en la suma de $3.000.000. 2) LUZ MARINA DIAZ ALMEYDA vende, cede y transfiere el total de su participación a JAVIER ALONSO GONZALEZ MOISAN, quien compra, acepta y adquiere para sí en la suma de $3.000.000, ambos pagados en el acto de modificación social y en dinero efectivo. En consecuencia, la estructura de integración y participación de los socios, es el siguiente: Uno: don Javier Alonso González Moisan con el 50% de los derechos sociales; y Dos: don Jorge Eduardo González Bustos, con el 50% de los derechos sociales. Las utilidades se repartirán entre los socios en partes iguales, esto es, 50% respecto de cada uno, concurriendo en idéntica forma a las pérdidas que eventualmente se produjeran. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Concepción, diciembre 20 de 2022.