PMV ABOGADOS LABORALES SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de diciembre de 2022
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Duración
- Indefinida
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| PMV ABOGADOS LABORALES SpA | socio | 77532049-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público Titular de la 43ª Notaría de Santiago, Huérfanos 835 piso 18, Santiago, certifico: que con fecha 13 de diciembre de 2022, ante mí, los señores SEBASTIAN IGNACIO PARGA MORAGA, C.I. N°19.915.815- 8, JORGE RAFAEL MONTES ARRAZTOA, C.I. N°17.088.277-9, y PABLO ENRIQUE VASSEUR GALLO, C.I. N°17.689.159-8, todos domiciliados en Rosario Norte 100, oficina 302, Las Condes, Santiago, únicos accionistas de la sociedad PMV ABOGADOS LABORALES SpA, RUT N°77.532.049-4, inscrita a fs. 14.040, N°6.661 del Registro de Comercio de Santiago del año 2022 y publicada D.O. 19 de febrero de 2021, titulares de: 1.000.000 acciones, 500.000 acciones y 500.000 acciones, respectivamente, todas de la serie única, todas suscritas y pagadas, según consta en el registro de accionistas a la vista, solicitaron reducir a escritura pública el contrato de transformación de PMV ABOGADOS SpA, por el cual, por unanimidad de las acciones, se acordó transformar la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada denominada “PMV ABOGADOS LABORALES LIMITADA”, cuyos estatutos se establecieron en la misma escritura, de los cuales se extracta lo siguiente: (1) Socios: SEBASTIAN IGNACIO PARGA MORAGA, JORGE RAFAEL MONTES ARRAZTOA, PABLO ENRIQUE VASSEUR GALLO, todos domiciliados en Santiago; (2) Razón Social: “PMV ABOGADOS LABORALES LIMITADA”; Nombres de fantasía: “PMV LABORALES LTDA.” y “PARGA, MONTES & VASSEUR, LABORALES”; (3) Socio administrador: JORGE RAFAEL MONTES ARRAZTOA; (4) Capital social: 2.000.000 de pesos, íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: (a) SEBASTIAN IGNACIO PARGA MORAGA, 1.000.000 de pesos equivalente al 50% del capital social; (b) JORGE RAFAEL MONTES ARRAZTOA, 500.000 pesos equivalente al 25% del capital social; (c) PABLO ENRIQUE VASSEUR GALLO, 500.000 pesos equivalente al 25% del capital social; (5) Objeto exclusivo: la prestación de servicios de asesorías profesionales en materias jurídicas y legales, desarrollado directamente por sus socios, todos abogados de profesión, sin perjuicio de contar con dependientes que coadyuven en el ejercicio del objeto exclusivo; (6) Duración: indefinida;. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago,15 de diciembre de 2022.