MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

LIBRERÍA ANTÁRTICA LIMITADA

RUT 88679500-9 CVE 2238863
Fecha instrumento
28 de noviembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de noviembre de 2022
Repertorio
17654/2022
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAULA ANDREA LUNA SAEZ, Notario Suplente de doña María Pilar Gutiérrez Rivera, titular de la 18° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 669, piso 8, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 28 de noviembre de 2022, Repertorio N° 17.654/2022, otorgada ante la Notario Titular, comparecieron, como cedente don CARLOS HERNÁN AGUIRRE VARGAS, y, doña MARÍA CECILIA DEL CARMEN AGUIRRE VARGAS, ambos en representación de i) LIBRERÍA ANTÁRTICA PLAZA LIMITADA, todos domiciliados para estos efectos en San Francisco 116, de la comuna y ciudad de Santiago; y como cesionarias: don CARLOS HERNÁN AGUIRRE VARGAS, en representación de ii) INVERSIONES HAM LIMITADA, con domicilio para estos efectos en Coronel Pereira 62, oficina 1404, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, y de iii) INVERSIONES ANTÁRTICA S.A., domiciliada para estos efectos en San Francisco 116, de la comuna y ciudad de Santiago; quienes modificaron la sociedad LIBRERÍA ANTÁRTICA LIMITADA en los siguientes términos: A) CESIÓN DE DERECHOS. LIBRERÍA ANTÁRTICA PLAZA LIMITADA, por medio de sus representantes, vendió, cedió y transfirió a INVERSIONES HAM LIMITADA, por quien compró, aceptó y adquirió su representante, el 43% de los derechos sociales de que es dueña y titular en la sociedad LIBRERÍA ANTÁRTICA LIMITADA. El precio total de la compraventa y cesión de derechos fue de $43.000.000 de pesos. - B) CESIÓN DE DERECHOS. Asimismo, LIBRERÍA ANTÁRTICA PLAZA LIMITADA, a través de su representante, vendió, cedió y transfirió a la cesionaria, INVERSIONES ANTÁRTICA S.A., por quien compró, aceptó y adquirió su representante, el 7% de los derechos sociales de que era dueña y titular en la sociedad LIBRERÍA ANTÁRTICA LIMITADA. El precio total de esta compraventa y cesión de derechos fue de $7.000.000 de pesos. C) Con motivo de las cesiones antes indicadas, se retiró de la sociedad LIBRERÍA ANTÁRTICA LIMITADA, la sociedad LIBRERÍA ANTÁRTICA PLAZA LIMITADA, e ingresó como nueva socia INVERSIONES ANTÁRTICA S.A.- D) Como consecuencia del retiro e ingreso a la sociedad de los socios indicados, quedan como únicos socios, con el siguiente porcentaje en el haber social y en la repartición de ganancias y pérdidas: a) Inversiones HAM Limitada, con un 93%; y, b) Inversiones Antártica S.A., con un 7%.- E) En virtud de todo lo expresado anteriormente, INVERSIONES HAM LIMITADA e INVERSIONES ANTÁRTICA S.A., en su calidad de únicos y actuales socios de LIBRERÍA ANTÁRTICA LIMITADA, acordaron reformar la cláusula séptima de los estatutos de la “Sociedad”, relativa al uso de la razón y la administración, por la siguiente; “SÉPTIMO: La representación, el uso de la razón social y la administración de la sociedad le corresponderá separada e indistintamente a: i) don CARLOS HERNÁN AGUIRRE VARGAS, con una cualquiera de las siguientes personas: a) MARÍA CECILIA DEL CARMEN AGUIRRE VARGAS; b) ISABEL MARGARITA AGUIRRE VARGAS; c) MIRYAM SONIA AGUIRRE VARGAS; d) CARMEN GLORIA JULIA AGUIRRE VARGAS; o, ii) a quien represente a INVERSIONES ANTÁRTICA S.A., quien la ejercerá a través de sus mandatarios designados por escritura pública; quienes tendrán la representación de la sociedad y podrán en su nombre ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que sea, que se relacionen directa e indirectamente con el contrato social y sin que la enunciación contenida en la escritura extractada importe limitación de facultades. F) Los comparecientes, para todos los efectos legales, aceptaron las modificaciones a la sociedad LIBRERÍA ANTÁRTICA LIMITADA. E) Salvo las modificaciones referidas precedentemente, los estatutos sociales de LIBRERÍA ANTÁRTICA LIMITADA quedan íntegramente vigentes, declarándose por los socios que su responsabilidad queda limitada a sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 16 de Diciembre de 2022.