CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS JURÍDICAS PRAT MOLINA LIMITADA

CVE 2238965
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de diciembre de 2022
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
19 de diciembre de 2022
Notario
ANDRÉS CARLOS ZAVALA COURRIOL
Oficio
Notaría número veintinueve de Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
comuna de Concepción, pudiendo establecer agencias, oficinas y sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Duración
La sociedad rige desde fecha escritura extractada y durará hasta el 31 de diciembre del año 2030, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS CARLOS ZAVALA COURRIOL, Notario Público Interino de la Notaría número veintinueve de Santiago, con oficio en Mac-Iver número doscientos veinticinco, de la comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 19 de diciembre de 2022 ante mí, don FERNANDO ANDRÉS PRAT GROB, y don FELIPE ANDRÉS MOLINA MARISIO, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Bernardo O´Higgins número 241 oficina 904, comuna de Concepción, Región del Bio Bío y de paso en ésta, constituyeron una sociedad civil de responsabilidad limitada de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “ASESORÍAS JURÍDICAS PRAT MOLINA LIMITADA” pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de “PRAT MOLINA LTDA.”. Objeto Social: La Sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de asesorías y servicios jurídicos en asuntos administrativos, comerciales, financieros, tributarios y demás que los socios acordaren; y, b) Cualquier otro que convengan los socios y tenga relación directa o indirecta con el objeto social. Administración, Representación y Uso Razón Social: La administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente a don Fernando Andrés Prat Grob y a don Felipe Andrés Molina Marisio, quienes anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada unas de las facultades señaladas en la escritura extractada que se dan por reproducidas una a una. Capital Social: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Don Fernando Andrés Prat Grob aporta la suma de $500.000, equivalentes al 50% del capital social, enterados íntegramente y en su totalidad en dinero en efectivo en la caja social; y, b) Don Felipe Andrés Molina Marisio aporta la suma de $500.000, equivalentes al 50% del capital social, enterados íntegramente y en su totalidad en dinero en efectivo en la caja social. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Duración: La sociedad rige desde fecha escritura extractada y durará hasta el 31 de diciembre del año 2030, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Domicilio: comuna de Concepción, pudiendo establecer agencias, oficinas y sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 20 de diciembre de 2022.