Lipthay Morandé Browne Arquitectos Limitada
Instrumento
- Fecha
- 29 de noviembre de 2022
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $900.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 941, local 302, comuna de Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 29 de noviembre de 2022, otorgada ante mí, bajo el Repertorio número 18.514/2022, los socios Antonio Pablo Pedro Ladislao Lipthay León, Sebastián Morandé Errázuriz, Patricio Browne Salas, María José Martínez Gertner, Lorena Victoria Pérez Peñaloza, Asesorías e Inversiones Yapo Project Limitada, Asesorías e Inversiones Lyma Limitada, y Asesorías e Inversiones Bromo Limitada, acordaron modificar los estatutos de la sociedad Lipthay Morandé Browne Arquitectos Limitada (la “Sociedad”), inscrita a fojas 34518, número 24267 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2006, a efectos de reflejar que los socios Antonio Pablo Pedro Ladislao Lipthay León y Asesorías e Inversiones Yapo Project Limitada renunciaron a la Sociedad y se retiraron como socios de la Sociedad. En consecuencia, se procedió a devolver a cada uno de los socios que se retiran el monto del capital aportado a la Sociedad y se disminuyó el capital de la Sociedad desde la suma de $900.000.-, a la suma de $630.000.-. Conforme a lo anterior, los socios acordaron modificar los estatutos de la Sociedad, sustituyendo el Artículo Primero de los estatutos referido a la razón social de la Sociedad, y el Artículo Cuarto de los estatutos relativo al capital, reemplazándolos por los siguientes: “ARTÍCULO PRIMERO: La razón social será “LMB Arquitectos Limitada”. “ARTÍCULO CUARTO: El capital de la Sociedad es la suma de $630.000.-, íntegramente suscrito y pagado por los socios en dinero efectivo, de la siguiente forma: /a/ Sebastián Morandé Errázuriz, aportó el equivalente al 1,9% del capital de la Sociedad, esto es, la suma de $11.700.-; /b/ Patricio Browne Salas, aportó el equivalente al 1,9% del capital de la Sociedad, esto es, la suma de $11.700.-; c) María José Martínez Gertner, aportó el equivalente al 7,1% del capital de la Sociedad, esto es, la suma de $45.000.-; d) Lorena Victoria Pérez Peñaloza, aportó el equivalente al 7,1% del capital de la Sociedad, esto es, la suma de $45.000.-; /e/ Asesorías e Inversiones Lyma Limitada, aportó el equivalente al 41% del capital de la Sociedad, esto es, la suma de $258.300.-; y /f/ Asesoría e Inversiones Bromo Limitada, aportó el equivalente al 41% del capital de la Sociedad, esto es, la suma de $258.300.-.”. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Se facultó al portador de extracto para su legalización. Santiago, 14 de diciembre de 2022.