CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

KEEN FOUNDERS SERVICIOS LIMITADA

CVE 2237705
Capital
$750.000 CLP
Fecha instrumento
10 de noviembre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
10 de noviembre de 2022
Notario
VERÓNICA TORREALBA COSTABAL
Oficio
Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$750.000 CLP
Duración
La duración de la sociedad será de 10 años contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla en la forma señalada en estatutos

Objeto social

El objeto de la sociedad será exclusivamente la prestación de servicios y asesorías profesionales a personas naturales y jurídicas de diversos rubros para el desarrollo de sus ideas de negocios, o la aceleración de sus negocios ya iniciados u operativos, aportando conocimiento y experiencia en procesos de optimización financiera, operativa, y de consolidación y crecimiento de los negocios referidos y, en general, realizar toda actividad conexa con las anteriores. Para tal efecto, los socios podrán realizar todos los actos y celebrar todos los contratos relacionados directa o indirectamente con el

Administración

La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a sus socios, quienes, actuando individual e indistintamente, personalmente o a través de uno o más apoderados designados para tales efectos, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, y especialmente con las que a título meramente enunciativo y no taxativo se indican en la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERÓNICA TORREALBA COSTABAL, abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, don IVAN TORREALBA ACEVEDO, con oficio en calle Huérfanos Nº 979, Oficina 501, comuna de Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 10 de noviembre de 2022, ante mí, IGNACIO SANZ JARDON, domiciliado para estos efectos, en calle Málaga número 79, departamento 411, Comuna de Las Condes, Santiago; NICOLÁS BARROSO PARRO, domiciliado para estos efectos en calle Nilo Azul número 1.835, departamento 802, comuna de Vitacura, Santiago; y ÁLVARO GONZÁLEZ-NOAIN LARRINAGA, domiciliado para estos efectos en Candelaria Goyenechea número 4.292, piso 2, departamento A, comuna de Vitacura, Santiago; acordaron constituir una sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: KEEN FOUNDERS SERVICIOS LIMITADA. Objeto: El objeto de la sociedad será exclusivamente la prestación de servicios y asesorías profesionales a personas naturales y jurídicas de diversos rubros para el desarrollo de sus ideas de negocios, o la aceleración de sus negocios ya iniciados u operativos, aportando conocimiento y experiencia en procesos de optimización financiera, operativa, y de consolidación y crecimiento de los negocios referidos y, en general, realizar toda actividad conexa con las anteriores. Para tal efecto, los socios podrán realizar todos los actos y celebrar todos los contratos relacionados directa o indirectamente con el objeto social. Capital: $750.000 pesos, que los socios aportarán y pagarán de la manera siguiente: Uno/ don Ignacio Sanz Jardon aportará la cantidad de $250.500 pesos, representativos del 33.4% del capital social, que pagará en dinero efectivo dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha del presente instrumento; Dos/ don Nicolás Barroso Parro aportará la cantidad de $249.750 pesos, representativos del 33.3% del capital social, que pagará en dinero efectivo dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha del presente instrumento; Tres/ don Álvaro González-Noain Larrinaga aportará la cantidad de $249.750 pesos, representativos del 33.3% del capital social, que pagará en dinero efectivo dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha del presente instrumento. Administración: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a sus socios, quienes, actuando individual e indistintamente, personalmente o a través de uno o más apoderados designados para tales efectos, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, y especialmente con las que a título meramente enunciativo y no taxativo se indican en la escritura extractada. Duración: La duración de la sociedad será de 10 años contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla en la forma señalada en estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 15 de diciembre de 2022.