IMSOLAM MONTAJES SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 12358/2022
- Notario
- MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
Artículo Duodécimo” del pacto social, por el siguiente texto: “Título tercero:
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular de la 21ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Nº 578, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública con fecha 14 de diciembre de 2022, Repertorio N°12.358/2022, ante mí, doña CATALINA ANDREA ZENTENO YEVENES, C.I. Nº 18.881.048-9, domiciliada en Camino a Rinconada número tres mil ciento treinta y ocho, comuna de Maipú, debidamente facultada redujo a escritura pública, el Acta, cuyo tenor es el siguiente: “ACTA DE JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS”, En Santiago de Chile, a 13 de diciembre de 2022, tuvo lugar Junta Extraordinaria de Accionistas de “IMSOLAM MONTAJES SpA”, RUT Nº77.006.292-6, en el domicilio social ubicado en Camino a Rinconada Nº 3138, comuna de Maipú, Región Metropolitana, celebrada ante mí y con la asistencia de sus socios: Uno) Doña CATALINA ANDREA ZENTENO YEVENES, C.I. Nº18.881.048-9, como titular de 1.000 acciones; Dos) Don ROBINSON EUGENIO DIAZ CÁCERES, C.I. Nº10.344.997-9, como titular de 1.000 acciones; Tres) Don JORGE ANDRES MELLA DIAZ, C.I. Nº13.027.157-K, como titular de 500 acciones y Cuatro) Doña JANINA AIDA MELLA BENITEZ, C.I. Nº14.131.941-8, como titular de 500 acciones. Total de acciones presentes: 3.000. 100% de asistencia. TABLA. Uno. Dar cuenta compraventa acciones y retiro de un socio. Dos. Modificar cláusula del pacto social, relativa a la administración de la sociedad. Tres. Aprobación del acta y reducción a escritura pública. Cumplimiento de acuerdos. PRIMERO: Esta junta de accionistas decidió modificar la primera parte del “Título tercero: Administración. Artículo Duodécimo” del pacto social, por el siguiente texto: “Título tercero: Administración. Artículo Duodécimo: La sociedad será administrada por doña CATALINA ANDREA ZENTENO YEVENES, C.I. Nº18.881.048-9, quien anteponiendo su firma a la razón social la representará con las más amplias facultades y atribuciones. La sociedad no tendrá directorio y funcionará y actuará a través de sus administradores o representantes. La sociedad no tendrá gerente ya que actuará a través de su administrador o representante ya señalado, quien hará las veces de gerente. El administrador o representante representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad y estará investido indistintamente de todas las facultades de administración y disposición que la ley o estos estatutos permitan, sin necesidad de otorgarle poder alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan requisitos especiales, y con la sola salvedad de lo expresado a continuación. El administrador o representante la representará con amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, contratos, asuntos y negocios, y así, actuando de la manera señalada y sin que la enunciación que sigue sea taxativa, podrá...” Se deja constancia que el listado de facultades señaladas en el mencionado artículo duodécimo del pacto social se mantienen plenamente vigentes por no haber sido modificadas por la presente junta extraordinaria de accionistas. Demás señalamientos constan en escritura extractada. Santiago, 14 de diciembre de 2022.