SOCIEDAD DE PROFESIONALES RIVEROS Y RIVEROS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de agosto de 2018
- Notario
- CARLA HADI MANRÍQUEZ
- Domicilio
- titular HERACLIO ROJAS VERGARA
- Comuna
- Concepción
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLA HADI MANRÍQUEZ, Abogado, Notario Público suplente del titular HERACLIO ROJAS VERGARA, de la Cuarta Notaría de Concepción, con oficio en O’Higgins 820, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, EDGARDO ADOLFO RIVEROS MÉNDEZ, cédula de identidad N°16.895.132-9, domicilio Colo Colo 933, Depto. 1006, Concepción; EDGARDO ENRIQUE RIVEROS ESPINOZA, cédula de identidad N°10.538.874-8, domicilio Los Maitenes, Pasaje 10 casa 1, Talcahuano; y LORENA REBECA MÉNDEZ ANDRADE, cédula de identidad N°11.418.909-K, domicilio Pasaje Diez 400, Casa 1, Brisas del Sol, Talcahuano, modificaron SOCIEDAD RIVEROS Y RIVEROS LIMITADA, constituida por escritura pública el 29 de agosto de 2018 en la Notaría de Concepción de Mario Patricio Aburto Contardo, inscrita a fojas 1867 vta. N°1.436 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 2018, publicado en el Diario Oficial el 06 de septiembre de 2018. Sus actuales socios son: Edgardo Adolfo Riveros Méndez y Edgardo Enrique Riveros Espinoza. Modificación: Edgardo Adolfo Riveros Méndez, titular de un 99% de los derechos sociales, vende un 30% de éstos a Lorena Rebeca Méndez Andrade, en $300.000, pagado efectivo. Edgardo Adolfo Riveros Méndez, vende el 29% de los derechos en la sociedad a Edgardo Enrique Riveros Espinoza, en $290.000, pagado efectivo. Quedan como únicos socios: Edgardo Adolfo Riveros Méndez, 40%; Edgardo Enrique Riveros Espinoza, 30%; y Lorena Rebeca Méndez Andrade, 30% de los derechos en la sociedad, respectivamente. Se reemplaza la razón social por SOCIEDAD DE PROFESIONALES RIVEROS Y RIVEROS LIMITADA, pudiendo abreviar palabra Limitada por Ltda. Se modifica el objeto de la sociedad quedando de la siguiente forma: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios y asesorías profesionales a personas naturales u jurídicas en las áreas de la ingeniería civil, la ingeniería civil industrial y la ingeniería mecánica y todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de ingeniero civil industrial e ingeniero mecánico; pudiendo realizar todas las actividades que estén relacionadas, directa o indirectamente en la actualidad o en el futuro, con dicho giro; la prestación de servicios de capacitación y entrenamiento en diversas materias relacionadas con las profesiones ya señaladas a personas naturales y/o jurídicas, organismos públicos y/o privados; así como también la asesoría técnica en materia de planes de salud y otros relacionados. En lo no modificado rige pacto social constitutivo. Concepción, 06 de Diciembre de 2022.