MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

REFRIGERACIÓN NAP FRÍO SpA

RUT 76322669-7 CVE 2237124
Capital
$7.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de noviembre de 2022
Notaría
Rancagua
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
24 de noviembre de 2022
Repertorio
6977-2013
Notario
ERNESTO MONTOYA PEREDO
Oficio
Tercera Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$7.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la comuna de Olivar, Región Bernardo O’Higgins
Duración
La sociedad comenzara a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años a contar de esta fecha, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos iguales, Límite de responsabilidad: La responsabilidad de él o los accionistas queda limitada al monto de su aporte respectivo

Objeto social

La comercialización, elaboración, fabricación de máquinas, maquinarias, piezas, arrendamiento, compra, venta, importación, exportación, piezas, insumos, distribución, consignación, instalación, reparación, mantención de toda clase de vehículos, equipos de refrigeración, aire acondicionado, y otros que no sean de refrigeración, al por mayor y detalle, ya sea por cuenta propia o ajena ya sea en forma industrial, comercial, y /o a particulares, de todo tipo de productos y mercancías, ya sea en vehículos propios o ajenos y en general, desarrollar todo tipo de actividades, actos jurídicos y negociación relacionada o fines con las actividades de su giro ya descritas, en general incluso la incorporación de otras sociedades; asimismo, podrá ejercer toda y toda otra actividad relacionada o no con la anterior y que la junta de accionistas determine

Administración

corresponderá a don JOSÉ ANDRÉS SEBASTIÁN PIÑA VILCHES

Referencias (1)

  • do publicacion
    DO N° 40743 del 28 de diciembre de 2013

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Público Titular Tercera Notaría de Rancagua, Campos 377, Rancagua, certifica: Por escritura pública de fecha 24 de Noviembre de 2022, otorgada ante Miguel Chacón Zeballos, Notario Público suplente de este oficio, rectificada por escritura pública de fecha 16 de Diciembre de 2022, otorgada ante mí, certifico: Que don JOSÉ ANDRÉS SEBASTIÁN PIÑA VILCHES, chileno, casado , técnico en refrigeración industrial, cuarenta y nueve años de edad, cédula nacional de identidad número doce millones trescientos sesenta y seis mil ciento treinta y nueve guión siete, domiciliado en los Olivos número doce Lote doce Los aromos, Comuna de Olivar, Región Libertador Bernardo O’Higgins, suscribió constitución de Empresa Individual de responsabilidad limitada REFRIGERACIÓN “ NAP FRÍO”, JOSÉ ANDRÉS PIÑA VILCHES E.I.R.L.”, nombre de fantasía y con nombre de fantasía “ NAP FRIO E.I.R.L”, Rut comercial N°76.322.669-7, en Notaría de Jaime Bernales Valenzuela con fecha veintitrés de Diciembre de dos mil trece, agregada a repertorio N°6.977-2013 al Registro de instrumentos públicos de 2013 e inscrita en el Registro de Comercio a fojas 2011 vuelta Nº 1719 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua del año 2013, Diario Oficial N°40.743 de fecha 28 de diciembre de 2013,viene en modificar la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, ya individualizada la cláusula Tercera correspondiente al objeto social, en el siguiente tenor: El giro u objeto será: La comercialización, elaboración, fabricación de máquinas, maquinarias, piezas, arrendamiento, compra, venta, importación, exportación, piezas, insumos, distribución, consignación, instalación, reparación, mantención de toda clase de vehículos, equipos de refrigeración, aire acondicionado, y otros que no sean de refrigeración, , al por mayor y detalle, ya sea por cuenta propia o ajena ya sea en forma industrial, comercial, y /o a particulares, de todo tipo de productos y mercancías, ya sea en vehículos propios o ajenos y en general, desarrollar todo tipo de actividades, actos jurídicos y negociación relacionada o fines con las actividades de su giro ya descritas, en general incluso la incorporación de otras sociedades; asimismo, podrá ejercer toda y toda otra actividad relacionada o no con la anterior y que la junta de accionistas determine. Por el presente instrumento se viene en Transformar Empresa Individual de Responsabilidad Limitada a Sociedad por acciones. El nombre de la sociedad será “REFRIGERACIÓN NAP FRÍO SpA”, nombre de fantasía "NAP FRÍO SpA", Objeto. La comercialización, elaboración, fabricación de máquinas, maquinarias, piezas, arrendamiento, compra, venta, importación, exportación, piezas, insumos, distribución, consignación, instalación, reparación, mantención de toda clase de vehículos, equipos de refrigeración, aire acondicionado, y otros que no sean de refrigeración, al por mayor y detalle, ya sea por cuenta propia o ajena ya sea en forma industrial, comercial, y /o a particulares, de todo tipo de productos y mercancías, ya sea en vehículos propios o ajenos y en general, desarrollar todo tipo de actividades, actos jurídicos y negociación relacionada o fines con las actividades de su giro ya descritas, en general incluso la incorporación de otras sociedades; asimismo, podrá ejercer toda y toda otra actividad relacionada o no con la anterior y que la junta de accionistas determine. Capital: El capital de la Sociedad será la suma de $7.000.000, dividido en 7000 acciones de igual valor y sin valor nominal, por un valor de $1 cada una, el capital se encuentra en se encuentra suscrito y pagado. La responsabilidad del o los accionistas queda limitada al monto de su aporte respectivo. Administración: corresponderá a don JOSÉ ANDRÉS SEBASTIÁN PIÑA VILCHES.- Domicilio: El domicilio de la sociedad será la comuna de Olivar, Región Bernardo O’Higgins, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en otros puntos del país o del extranjero. Duración: La sociedad comenzara a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años a contar de esta fecha, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos iguales, Límite de responsabilidad: La responsabilidad de él o los accionistas queda limitada al monto de su aporte respectivo.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Rancagua, 16 de Diciembre de 2022.