INMOBILIARIA ARANJUEZ Y COMPAÑÍA
Instrumento
- Fecha
- 15 de noviembre de 2022
- Repertorio
- 5594-2022
- Notario
- SERGIO RODRIGO SANHUEZA RIOS
- Oficio
- Primera Notaría de Temuco
- Comuna
- Temuco
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSERGIO RODRIGO SANHUEZA RIOS, Abogado, Notario Público Interino de la Primera Notaría de Temuco, con oficio en la comuna de Temuco, calle Antonio Varas N° 854, certifico: Por escritura pública, Repertorio N° 5594-2022 de fecha 15 de Noviembre de 2022, ante mí, doña ALICIA JULIA POO POO, chilena, viuda, agricultora, cédula de identidad número cuatro millones quinientos setenta y un mil quinientos ochenta y siete guión seis, domiciliada en fundo Santa María, comuna de Lautaro, de paso en ésta; doña ANGELA PATRICIA LANZA POO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, secretaria ejecutiva, cédula de identidad número ocho millones seiscientos diez mil ochocientos catorce guión tres, domiciliada en calle Aranjuez número cero ochocientos setenta y uno de la comuna y ciudad de Temuco, y don JUAN JOSE JIMENEZ MOLINA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, agricultor, cédula de identidad número ocho millones seiscientos diez mil ochocientos catorce guión tres, domiciliado en calle Aranjuez número cero ochocientos setenta y uno de la comuna y ciudad de Temuco; modificaron pacto social “INMOBILIARIA ARANJUEZ Y COMPAÑÍA”. El extracto se inscribió en el Registro de Comercio de Temuco a fojas doscientos treinta y seis vuelta número doscientos quince del año mil novecientos ochenta y seis, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de la referida comuna. El rol único tributario es setenta y ocho millones quinientos ochenta y cinco mil novecientos diez guión tres. Capital social es la suma de veinticuatro millones quinientos mil pesos. La referida compañía ha sido modificada de acuerdo con lo siguiente: Por escritura pública de fecha catorce de agosto de dos mil otorgada en la notaría de Temuco de don Humberto Toro Martínez - Conde, en el sentido de que se retiró a través de cesión de derechos el socio don JUAN JOSE JIMENEZ MOLINA e ingresó como nueva socia doña ALICIA JULIA POO POO. Esta modificación se inscribió a fojas quinientos treinta y siete vuelta número cuatrocientos ochenta y cinco del Registro de Comercio de Temuco del año dos mil, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de la referida comuna. En la modificación antes descrita se retiró el socio JUAN JOSE JIMENEZ MOLINA e ingresó como nueva socia doña ALICIA JULIA POO POO, esta se produjo por cesión de los derechos de partición social del primero a la segunda. El precio de la referida cesión fue la suma de veintiún millones de pesos, de los cuales las partes reconocen que se pagó sólo la suma de ocho millones setecientos cincuenta mil pesos, adeudando doña ALICIA JULIA POO POO, a la fecha la suma de doce millones doscientos cincuenta mil pesos. Actuales Modificaciones consisten en: 1.- Doña ALICIA JULIA POO POO, vendió a doña ANGELA PATRICIA LANZA POO, quien compró acepta para sí, derechos de participación social equivalente a un cuarenta y uno como seis seis seis por ciento, que corresponden a un treinta y cinco coma setecientos catorce por ciento de participación en el capital social, en la suma de ocho millones setecientos cincuenta mil pesos que se pagan en este acto en dinero en efectivo y que declara la vendedora recibir a su más entera satisfacción. 2.- Habiendo reconocido doña ALICIA JULIA POO POO, que adeuda a don JUAN JOSE JIMENEZ MOLINA, la suma de doce millones doscientos cincuenta mil pesos, la primera los paga en este acto, dando en pago por esta deuda el resto de los derechos que le quedan de participación social equivalente a un cincuenta y ocho coma tres tres cuatro por ciento, que corresponden a un cincuenta por ciento de participación en el capital social, valorizados en la suma de doce millones doscientos cincuenta mil pesos, producto de lo cual queda pagada la deuda y el acreedor da carta de pago total. 3.- Producto de la cesión y dación en pago doña ALICIA JULIA POO POO, ha enajenado el total o cien por ciento de sus derechos de participación en la sociedad, por lo que esta deja de pertenecer a la sociedad antes individualizada. 4.- Los socios actuales de la sociedad son doña ANGELA PATRICIA LANZA POO y don JUAN JOSE JIMENEZ MOLINA, ambos con un cincuenta por ciento de participación en el capital social. 5.- Se modificó la cláusula CUARTA, del pacto social primigenio y/o sus modificaciones, en el sentido que manteniéndose el capital social en la suma de veinticuatro millones de pesos, doña ANGELA PATRICIA LANZA POO, aportó y pago la suma de doce millones doscientos cincuenta mil pesos y don JUAN JOSE JIMENEZ MOLINA, aportó y pago la suma de doce millones doscientos cincuenta mil pesos. Las utilidades y pérdidas se distribuirán entre los socios por iguales partes. 6.- Se modificó la cláusula SEXTA, de los estatutos sociales, en el sentido que la sociedad terminará el día treinta y uno de diciembre de dos mil veintidós. En lo no modificado rige pacto social. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Temuco, 16 de Diciembre de 2022.