MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD MEDICA DIAZ DE VALDES Y CARRASCO LIMITADA

RUT 76018611-2 CVE 2236084
Fecha instrumento
9 de diciembre de 2022
Notaría
Providencia

Instrumento

Fecha
9 de diciembre de 2022
Repertorio
6799/2022
Comuna
Providencia

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, abogado, Notario Santiago, Titular de la Primera Notaría de Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 9 de diciembre de 2022, ante mí, Repertorio 6799/2022: don MARCELO CRISTIAN DIAZ DE VALDES LAYSECA; doña OLGA CECILIA CARRASCO ALARCON; don CRISTIAN MARCO DIAZ DE VALDES CARRASCO, y don JUAN PABLO DIAZ DE VALDES CARRASCO, todos de este domicilio, calle Monroe número siete mil seiscientos sesenta y uno, comuna de Las Condes, Santiago, modificaron la "SOCIEDAD MEDICA DIAZ DE VALDES Y CARRASCO LIMITADA", rol único tributario número setenta y seis millones dieciocho mil seiscientos once guión dos, constituida por escritura pública de fecha dieciocho de Marzo del año dos mil ocho, otorgada ante el Notario de Santiago don Raúl Undurraga Laso, inscrito a fojas trece mil doscientos dos número ocho mil novecientos sesenta y siete del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil ocho, en lo siguiente: 1) don CRISTIAN MARCO DÍAZ DE VALDÉS CARRASCO se retira de la sociedad cediendo a don JUAN PABLO DÍAZ DE VALDÉS CARRASCO, el diez por ciento de los derechos sociales, en la suma de un millón quinientos mil pesos.- Como consecuencia de la cesión referida, la sociedad queda integrada por don Marcelo Cristian Díaz de Valdés Layseca, con un cuarenta por ciento de los derechos sociales; por doña Olga Cecilia Carrasco Alarcón, con un cuarenta por ciento de los derechos sociales; y por don Juan Pablo Díaz de Valdés Carrasco, con un veinte por ciento de los derechos sociales, quienes acuerdan introducir las siguientes modificaciones al estatuto social.- 2.- Reemplazan la cláusula quinta del pacto social, por la siguiente: "Quinta.- El capital social es la suma de un millón de pesos, que se entera, aporta y paga por los socios en la siguiente forma: a) Don Marcelo Cristián Díaz de Valdés Layseca aporta la suma de cuatrocientos mil pesos, equivalente al cuarenta por ciento del capital social, ya ingresados en dinero efectivo en la caja social; b) Doña Olga Cecilia Carrasco Alarcón aporta la suma de cuatrocientos mil pesos, equivalente al cuarenta por ciento del capital social, ya ingresados en dinero efectivo en la caja social; y c) Don Juan Pablo Díaz de Valdés Carrasco aporta la suma de doscientos mil pesos, equivalente al veinte por ciento del capital social, ya ingresados en dinero efectivo en la caja social".- En lo no modificado, rigen íntegramente las estipulaciones contenidas en las escrituras anteriores, especialmente en cuanto dice relación con la responsabilidad de los socios la que queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Santiago, 9 de diciembre de 2022.-cr.