CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE PROFESIONALES IRRIBARRA Y COMPAÑÍA LIMITADA

CVE 2235999
Capital
$700.000 CLP
Fecha instrumento
14 de noviembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de noviembre de 2022
Repertorio
19056
Notario
EDUARDO DIEZ MORELLO
Oficio
34a Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$700.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público, Titular 34a Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, certifica: Por escritura de fecha 14 de noviembre 2022, repertorio N° 19.056, ante mí suplente doña ISABEL PEÑA LEZAETA: don ANDRES ALEJANDRO IRRIBARRA DE LA FUENTE, Avenida El Gabino 13957, Lo Barnechea e ISABEL MARGARITA MIRANDA EPUL, Guanahani 1877, Maipú, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Razón social) SOCIEDAD DE PROFESIONALES IRRIBARRA Y COMPAÑÍA LIMITADA, no obstante, podrá operar ante terceros con el nombre de fantasía SOCIEDAD DE PROFESIONALES IRRIBARRA Y CÍA. LTDA. e IRRIBARRA Y CÍA. LTDA.. Domicilio) Santiago, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país y/o el extranjero. Objeto) La prestación de servicios de contabilidad, teneduría de libros, auditoria y asesorías en toda clase de materias tributarias y contables. Administración) El uso de la razón social, la representación y la administración de la sociedad corresponderá exclusivamente al socio Andrés Alejandro Irribarra De La Fuente, quien para actuar en su nombre y representación con amplias facultades. Capital) El capital de la sociedad será la suma de $700.000, que los socios aportan de la siguiente forma: Andrés Alejandro Irribarra De La Fuente, aporta en este acto $693.000 de contado y en efectivo, correspondiéndole a éste el 99% de los derechos y el capital social y doña y Isabel Margarita Miranda Epul, aporta en este acto $7.000 de contado y en efectivo, correspondiéndole a éste el 1% de los derechos y el capital social. Queda enterado el capital en arcas sociales. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Duración) La sociedad tendrá una duración de 5 años a contar de la suscripción de la escritura, plazo que se renovará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, a menos que uno o varios de los socios expresen su voluntad de ponerle término en el plazo estipulado o en sus renovaciones. Demás estipulaciones escritura extractada. EDUARDO DIEZ MORELLO, Santiago.13 de diciembre 2022.