Sociedad Agrícola San Valentín Limitada
Instrumento
- Fecha
- 13 de mayo de 2005
- Notario
- JORGE CARVALLO VELASCO
- Domicilio
- y Conservador de Comercio y Minas
- Comuna
- Santa Cruz
Sociedad
- Capital
- $200.000 CLP
- Domicilio
- comuna de La Estrella
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de cinco años a contar de esta fecha, a cuyo vencimiento el plazo se prorrogará en forma tácita y sucesivamente por periodos iguales
Objeto social
La explotación por cuenta propia o de terceros inmuebles con destino agrícola, o con destino urbano y afectación agrícola, o con destino agroindustrial, siembra, plantación y explotación de toda clase de producción agrícola, frutícola y forestal implementación de tecnología para el riego, la producción, la agroindustria, y en general cualquier otro objeto vinculado al negocio agrícola o agroindustrial, incluida la exportación de productos de la misma naturaleza y el desarrollo experimental, científico y comercial de servicios accesorios. En general esta persona jurídica podrá dedicarse a negocios similares o a aquellos que sus socios estimen necesarios, ya sea que se relacionen o no con el objeto social antes enunciado, pudiendo celebrar todos los actos y contratos, que tiendan a la consecución y cumplimiento de su objeto, más toda otra actividad que sus socios determinen
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE CARVALLO VELASCO, abogado, Notario Público y Conservador de Comercio y Minas, Titular de la Segunda Notaría de Santa Cruz, con oficio en calle Claudio Cancino número 60, Pasaje Marcel, Santa Cruz, certifico: Que por escritura pública de hoy ante mí, 1.- doña Elsa Gloria Férnández Camus, domiciliada para estos efectos en Fundo el Valle sin numero La Estrella; por si y en representación de 2.- don Christian Valentín Fernández Fernández, domiciliado para estos efectos en Fundo el Valle sin numero La Estrella; 3.- don Sergio Javier Urzúa Padilla, , domiciliado en para estos efectos en Fundo San Rafael Hijuela Nº 5 Lote 1 La Estrella; modificaron “Sociedad Agrícola San Valentín Limitada”, en el sentido siguiente: don Christian Valentín Fernández Fernández, debidamente representado por doña Elsa Gloria Fernandez Camus vende, cede y transfiere el total de sus derechos sociales, que equivalen al 25% del total de los derechos en la sociedad, a doña Elsa Gloria Fernández Camus, quien los compra y adquiere para sí. El precio de la venta son $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) pagado al contado. Atendidas las cesiones efectuadas, por el presente instrumento, se modifica el artículo séptimo por el siguiente: “ Son en la actualidad únicos socios de Sociedad Agricola San Valentín Limitada: doña Elsa Gloria Fernández Camus, con un cincuenta por ciento y don Sergio Javier Urzúa Padilla, con el cincuenta por ciento restante de los derechos sociales.” Asimismo, los socios transformaron “ Sociedad Agrícola San Valentín Limitada”, constituida por escritura pública de fecha 13 de Mayo de 2005, ante Notario Público de Santiago Raúl Iván Perry Pefaur, cuyo extracto fue inscrito a fojas 3 número 3 del Registro de Comercio del Conservador de Litueche, del año 2005 y fue publicada en la edición numero 38.185 del Diario Oficial de fecha 14 de Junio del año 2005 en una Sociedad por Acciones de cuyos estatutos, extracto lo siguiente: Nombre o Razón social: Sociedad Agricola San Valentin SpA”. accionistas son: Elsa Gloria Férnández Camus y Sergio Javier Urzúa Padilla, individualizados en la comparecencia. Objeto: La explotación por cuenta propia o de terceros inmuebles con destino agrícola, o con destino urbano y afectación agrícola, o con destino agroindustrial, siembra, plantación y explotación de toda clase de producción agrícola, frutícola y forestal implementación de tecnología para el riego, la producción, la agroindustria, y en general cualquier otro objeto vinculado al negocio agrícola o agroindustrial, incluida la exportación de productos de la misma naturaleza y el desarrollo experimental, científico y comercial de servicios accesorios. En general esta persona jurídica podrá dedicarse a negocios similares o a aquellos que sus socios estimen necesarios, ya sea que se relacionen o no con el objeto social antes enunciado, pudiendo celebrar todos los actos y contratos, que tiendan a la consecución y cumplimiento de su objeto, más toda otra actividad que sus socios determinen. Capital Social: El capital de la sociedad es la cantidad de $200.000.000 (doscientos millones de pesos), dividido y representado en un cien acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal que se suscriben y se pagan en la forma que señalan los artículos transitorios, de estos estatutos. Domicilio: comuna de La Estrella. Duración: La sociedad tendrá una duración de cinco años a contar de esta fecha, a cuyo vencimiento el plazo se prorrogará en forma tácita y sucesivamente por periodos iguales. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santa Cruz, 21 de Noviembre de 2022.