MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SANCHEZ & LEAY Y COMPAÑIA LIMITADA

RUT 76505407-9 CVE 2236365
Capital
$23.251.134 CLP
Fecha instrumento
30 de septiembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de septiembre de 2022
Repertorio
11103-2022
Notario
HUMBERTO QUEZADA MORENO
Oficio
26ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$23.251.134 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUMBERTO QUEZADA MORENO, Abogado, Notario Público Titular 26ª Notaría Santiago, certifico por escritura pública otorgada 28 de noviembre, 2022, ante mí, Repertorio N° 11.103-2022, PATRICIA LEAY VELASCO, CARLOS ALBERTO SÁNCHEZ LEAY, MAGDALENA SANCHEZ LEAY y, ALBERTO SÁNCHEZ SAN CRISTÓBAL, todos domiciliados estos efectos esta ciudad, Badajoz 130, of. 405, Las Condes, Región Metropolitana, modificaron “SANCHEZ & LEAY Y COMPAÑIA LIMITADA”, inscrita fs. 67830 N° 39543 Registro de Comercio Conservador de Bienes Raíces Santiago año 2015. Modificaciones consisten: 1° Fusionan por incorporación en una sola SANCHEZ & LEAY Y COMPAÑIA LIMITADA y, “ALBERTO SÁNCHEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA”, inscrita fs. 17087 N° 8559 Registro Comercio Conservador de Bienes Raíces Santiago año 1990, absorbiendo SANCHEZ & LEAY Y COMPAÑIA LIMITADA todo el activo y pasivo de ALBERTO SÁNCHEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA disolviéndose esta última, sin necesidad de proceder a su liquidación; SANCHEZ & LEAY Y COMPAÑIA LIMITADA será su continuadora para todos los efectos, sucediendo jurídicamente a absorbida en todos sus derechos y obligaciones, subrogándose y constituyéndose en sucesora a título universal de derechos y obligaciones de los que era titular la sociedad absorbida, haciéndose responsable de todos impuestos que se adeuden o pudieren adeudarse por ésta, respecto de derechos y obligaciones fiscales según lo dispuesto artículo 69 Código Tributario, con efecto a contar fecha escritura extractada, en base a Balances practicados por las sociedades al 30 de septiembre 2022 e Informe Pericial correspondiente; 2° Como consecuencia de fusión, modifican artículo sexto, relativo al capital, sustituyéndolo por siguiente: “ARTICULO SEXTO: CAPITAL SOCIAL. El capital de la sociedad asciende a la suma de $23.251.134, el que se encuentra íntegramente pagado, enterado y aportado por los socios, de contado y en dinero efectivo, de la siguiente manera: (1) Doña PATRICIA LEAY VELASCO, con la suma de $600.000, que corresponde aproximadamente al 2,58% de los derechos sociales; (2) Don ALBERTO SÁNCHEZ SAN CRISTÓBAL, con la suma de $13.350.680, que corresponde aproximadamente al 57,42% de los derechos sociales y, (3) Don CARLOS ALBERTO SANCHEZ LEAY, con la suma de $9.300.454, que corresponde aproximadamente al 40% de los derechos sociales.” 3° Aumentan capital social de $23.251.134 a $43.950.680, siguiente manera: (1) Con $23.251.134, íntegramente enterados con anterioridad; (2) Con $5.699.546 pesos por CARLOS ALBERTO SANCHEZ LEAY que aporta contado y en efectivo este acto $2.000.000, saldo según necesidades sociales así lo requieran y dentro plazo máximo 3 años contados esta fecha y, (3) Con $15.000.000 mediante incorporación a la sociedad, en calidad de socia, de MAGDALENA SANCHEZ LEAY que aporta contado y en efectivo este acto $2.000.000, saldo según necesidades sociales así lo requieran y dentro plazo máximo 3 años contados esta fecha. 4° Modifican artículo sexto estatuto, relativa al capital, sustituyéndolo por siguiente: “ARTICULO SEXTO: CAPITAL SOCIAL. El capital de la sociedad asciende a la suma de $43.950.680, que se ha pagado, paga y pagaré por los socios, de la siguiente manera: (1) Doña PATRICIA LEAY VELASCO, con la suma de $600.000, íntegramente aportados, de contado y en dinero efectivo y que corresponden aproximadamente al 1,37% de los derechos sociales; (2) Don ALBERTO SÁNCHEZ SAN CRISTÓBAL, con la suma de $13.350.680, íntegramente aportados, de contado y en dinero efectivo y que corresponden aproximadamente al 30,38% por ciento de los derechos sociales; (3) Don CARLOS ALBERTO SANCHEZ LEAY, con la suma de $15.000.000, que corresponde aproximadamente al 34,13% de los derechos sociales, habiendo enterado íntegramente, de contado y en dinero efectivo, la suma de $9.300.454 y el saldo a enterar según las necesidades sociales así lo requieran y dentro del plazo máximo de 3 años contados desde esta fecha y, (4) Doña MAGDALENA SANCHEZ LEAY, con la suma de $15.000.000, que corresponde aproximadamente al 34,13% de los derechos sociales, habiendo enterado íntegramente, de contado y en dinero efectivo, la suma de $2.000.000 y el saldo a enterar según las necesidades sociales así lo requieran y dentro del plazo máximo de 3 años contados desde esta fecha.” En lo no modificado permanecen vigentes demás estipulaciones del pacto social. Otras estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 5 de diciembre, 2022. HQM. Not. Pub.