GARNHAM Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 13264-2022
- Notario
- PATRICIO RABY BENAVENTE
- Oficio
- Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
La Sociedad tiene por objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales de asesoría, consultoría y defensa legal, y servicios jurídicos en general, tanto judiciales como extrajudiciales, patrocinio y representación judicial de toda índole, representación en trámites y gestiones legales, administrativos, judiciales contenciosos y no contenciosos, preparación de informes en derecho, actividades académicas y docencia, así como cualquier otra actividad o servicio relacionado con la profesión de abogado. La Sociedad podrá desarrollar todas las actividades propias de su objeto, tanto en Chile como en el extranjero, de manera directa o indirecta a través de terceros, ya sea por cuenta propia o ajena.”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO RABY BENAVENTE, abogado, notario público, Titular de la Quinta Notaría de Santiago, con domicilio en Gertrudis Echenique número treinta, oficina treinta y dos, Las Condes, Santiago, CERTIFICA: que, por escritura pública de fecha 07 de diciembre de 2022, repertorio N°13.264-2022 ante mí, ARTURO BENJAMÍN GARNHAM BRAVO, domiciliado en calle El Comendador Nº 1.978, comuna de Providencia, Región Metropolitana; PATRICK ALEXANDER HUMPHREYS NEUMANN, domiciliado en calle León N°3355, casa C, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; SIMÓN SERGIO ANÍBAL LUIS ALFONSO RICARDO ZAÑARTU GOMIEN, domiciliado en pasaje Los Gladiolos Nº 10.153, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; DANIELA GAZMURI LARRAÍN, domiciliada en calle Nansen Nº 735, departamento 115, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y JUAN IGNACIO MONGE VALDÉS, domiciliado en calle Oleandros, N° 922, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; otorgaron escritura pública de modificación de estatutos de la sociedad GARNHAM Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA (la “Sociedad”) - inscrita a fojas 26.665, N° 20.097 del Registro de Comercio de Santiago del año 2003 - en virtud de la cual, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad, acuerdan modificar el objeto de la Sociedad y reemplazar íntegramente el Artículo Tercero relativo al objeto social por el siguiente: “TERCERO: OBJETO. La Sociedad tiene por objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales de asesoría, consultoría y defensa legal, y servicios jurídicos en general, tanto judiciales como extrajudiciales, patrocinio y representación judicial de toda índole, representación en trámites y gestiones legales, administrativos, judiciales contenciosos y no contenciosos, preparación de informes en derecho, actividades académicas y docencia, así como cualquier otra actividad o servicio relacionado con la profesión de abogado. La Sociedad podrá desarrollar todas las actividades propias de su objeto, tanto en Chile como en el extranjero, de manera directa o indirecta a través de terceros, ya sea por cuenta propia o ajena.”.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 diciembre de 2022, Patricio Raby Benavente.- Notario Público.