MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

DIGITAL PAYMENTS SpA

RUT 76788282-3 CVE 2236381
Capital
$47.448.564.861 CLP
Fecha instrumento
25 de noviembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de noviembre de 2022
Repertorio
94635-2022
Notario
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
Oficio
2° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$47.448.564.861 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Santiago, con oficio en Alcántara 107, Las Condes, Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 25 de noviembre de 2022, bajo el repertorio N° 94.635-2022, ante el notario suplente GINO BENEVENTI ALFARO, DIGITAL BUSINESS CHILE SpA, domiciliada para estos efectos en Avenida Presidente Riesco N°5685, oficina 401, comuna de Las Condes, Santiago, modificó la sociedad “DIGITAL PAYMENTS SpA” (“la “Sociedad”), inscrita a fojas 71.982 número 38.815 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017, en el siguiente sentido: 1) Se aumentó el capital de la suma de $47.448.564.861, dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal, a la suma de $70.967.742.073, dividido en las mismas 100 acciones, lo que implica un aumento de capital efectivo ascendente a $23.519.177.212, íntegramente suscrito y pagado, al contado y en dinero efectivo por Digital Business Chile SpA. 2) A consecuencia de lo anterior, el actual y único accionista de la Sociedad acordó lo siguiente: i) Remplazar el Artículo Cuarto de los estatutos sociales, por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: Capital y Acciones. - El capital de la sociedad es la suma de setenta mil novecientos sesenta y siete millones setecientos cuarenta y dos mil setenta y tres pesos, dividido en cien acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado por su actual y único accionista, esto es, Digital Business Chile SpA.”.; y ii/ Eliminar el Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales. 3) El accionista reitera que su responsabilidad se mantiene limitada hasta el monto de su respectivo aporte. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 05 de diciembre de 2022. Francisco Javier Leiva Carvajal. Notario Público.