MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SOLUTION GLASS SpA

RUT 77145384-8 CVE 2235645
Capital
$8.000 CLP
Fecha instrumento
5 de diciembre de 2022
Notaría
La Cisterna

Instrumento

Fecha
5 de diciembre de 2022
Notario
Don JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
La Cisterna

Sociedad

Capital
$8.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARTIN VASQUEZ CORDERO, Notario Titular Cuarta Notaría La Cisterna, Gran Avenida José Miguel Carrera 8685, certifica: por escritura pública esta fecha ante él, Don FRANCISCO JAVIER PARRA ALEGRÍA, chileno, soltero, Supervisor de ventanas de aluminio y pvc, cédula de identidad número dieciséis millones quinientos treinta y seis mil ochocientos veintiocho guión dos, domiciliado en calle Livio Morra número quinientos ochenta y cinco, Comuna de La Cisterna, Región Metropolitana y don LUIS CARLOS CASTELLANO RODRÍGUEZ, colombiano, soltero, Comerciante, cédula de identidad extranjero número veintisiete millones quinientos setenta y seis mil ciento cuarenta y seis guión K, domiciliado en Livio Morra número quinientos ochenta y cinco, comuna de La Cisterna, Región Metropolitana. Vienen a modificar la Sociedad por Acciones “SOLUTION GLASS SpA”. Individualización de Escritura Sociedad por Acciones. Por escritura pública de fecha quince de abril del año dos mil veinte se constituyó una sociedad por acciones “SOLUTION GLASS SpA”, número de repertorio once mil quinientos sesenta y nueve del año dos mil veinte, ante el notario público, Don JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público suplente del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, de esta ciudad, rol único tributario setenta y siete millones ciento cuarenta y cinco mil trescientos ochenta y cuatro guión ocho, cuyo extracto fue publicado el día veinte de abril del año dos mil veinte en el Diario Oficial Online y extracto fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas veinte seis mil doscientos seis, número trece mil doscientos veinte y ocho del año dos mil veinte. De acuerdo con las estipulaciones vigente la sociedad se encuentra integrada por los accionistas don FRANCISCO JAVIER PARRA ALEGRÍA, con el cincuenta por ciento de las acciones emitidas, es decir cuatro mil acciones en total, por un total de cuatro millones de pesos y don LUIS CARLOS CASTELLANO RODRÍGUEZ, con el cincuenta por ciento de las acciones emitidas, es decir cuatro mil acciones en total, por un total de cuatro millones de pesos. CESIÓN DERECHOS SOCIALES: Por este instrumento don LUIS CARLOS CASTELLANO RODRÍGUEZ, vende, cede y transfiere dos mil de sus acciones ordinarias, de la presente sociedad a doña LUIBIA JOSEFINA BARRETO CARABALLO, colombiana, Factor de Comercio, cincuenta y cinco años de edad, cédula de identidad extranjero número veintisiete millones ochocientos treinta mil sesenta y dos guión cinco, domiciliada en Livio Morra número quinientos ochenta y cinco, Comuna de La Cisterna, Región Metropolitana, quien las compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de dos millones de pesos, que el cedente declara recibir en este acto, al contado, a su más completa satisfacción. Con el mérito de la Cesión señalada en la cláusula anterior, los socios de la sociedad objeto de esta modificación son FRANCISCO JAVIER PARRA ALEGRÍA, don LUIS CARLOS CASTELLANO RODRÍGUEZ y doña LUIBIA JOSEFINA BARRETO CARABALLO, quienes vienen en modificar los estatutos sociales de esta sociedad, en particular a modificar los siguiente artículos: ARTÍCULO CUARTO, en relación a la ampliación del giro social, quedando de la siguiente manera: a) La fabricación, exportación, importación, compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, leasing, distribución, intermediación, difusión y colocación, al mayor y al detalle de todo tipo bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, inclusive, pero sin ser excluyentes de aluminios, cristales, termo paneles, ventanas de PVC y estructuras de aluminio, malquería, cristalería en general, quincallería y la prestación de servicios de fabricación e instalación de cerramiento en cristales, aluminio y PVC; b) Efectuar inversiones en bienes raíces, corporales e incorporales, acciones, bonos, debentures, cuotas de fondos mutuos, efectos de comercio, documentos negociables, títulos de crédito, instrumentos financieros y mercantiles y participar en sociedades de personas, comunidades, asociaciones y cooperativas y percibir sus frutos y rentas; c) La asesoría, diseño, construcción, elaboración, fabricación, reparación o remodelación, ejecución de casas, edificios, obras civiles y menores en general, por cuenta propia o de terceros, así como la urbanización y loteo de inmuebles propios o de terceros según contratos generales de construcción y en general de todo tipo de obras, incluyendo, moldajes, encofrado, estructuras metálicas, trabajos en agua potable, alcantarillado, aguas lluvias, pavimentaciones, albañilería, pintura, electricidad, tabiquería, sanitarios en general, gasfitería, demarcaciones y señalizaciones, entre otros actividades complementarias y/o relacionadas que el socio o dueño de la empresa determine; d) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; e) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; f) Constituir y/o participar de toda clase de sociedades que acuerden el o los accionistas. De igual forma y a consecuencia del ingreso de un nuevo accionista se modifica el ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO de estos estatutos, quedando de la siguiente forma: DISPOSICIONES TRANSITORIAS: ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO, El Capital de la sociedad asciende a la suma de ocho millones, equivalentes a ocho mil acciones ordinarias y nominales, todas de una misma serie, que los accionistas aportan y enteran de la siguiente manera: A) FRANCISCO JAVIER PARRA ALEGRÍA, con cuatro millones de pesos, equivalentes a cuatro mil acciones. B) LUIS CARLOS CASTELLANO RODRÍGUEZ, con dos millones de pesos, equivalentes a dos mil acciones. C) LUIBIA JOSEFINA BARRETO CARABALLO con dos millones de pesos, equivalentes a cuatro mil acciones, con esto se da por enterado el capital, ingresando a la caja social. En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social.- Capital: $8.000.000 dividido en 8.000 acciones sin valor nominal y de una misma serie, suscritas y pagadas. Otras estipulaciones en escritura extractada.- La Cisterna 5 de Diciembre 2022. Martín Vásquez Cordero, Notario Titular Cuarta Notaría de La Cisterna.