GLORIA QUINTERO Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de diciembre de 2022
- Notario
- ÁLVARO DAVID GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- 42° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $600.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO DAVID GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público, Titular de la 42° Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, 2º Piso, Comuna de Santiago, por escritura pública de fecha 01/12/2022 don JORGE ENRIQUE CÁRDENAS MAUREIRA, factor de comercio, domiciliado en calle Ahumada N° 236, oficina 907, comuna de Santiago, Región Metropolitana; doña GLORIA MALVINA QUINTERO OSORIO, factor de comercio, domiciliada en calle Ahumada N° 236, oficina 907, comuna de Santiago, Región Metropolitana; don JORGE LUIS CÁRDENAS QUINTERO, Periodista, domiciliado en calle La Marina N° 1150, Dpto. 161, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, modifican la sociedad “GLORIA QUINTERO Y COMPAÑÍA LIMITADA”, RUT Nº78233300-3, CAPITAL $600.000, constituida por escritura pública de fecha 25/03/1992, otorgada en la Notaría de Santiago don Félix Jara Cadot, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 12.924, número 6.493, del año 1992; modificada por escritura pública de fecha 6 de julio del año 2005, otorgada en la Notaria de don Félix Jara Cadot, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 23.818, número 17.295, del año 2005; saneada por escritura pública de fecha 12 de mayo de 2017, otorgada en la Notaría de don Félix Jara Cadot, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 40.414, número 22.160, del año 2017. MODIFICACIONES: UNO: JORGE ENRIQUE CÁRDENAS MAUREIRA vende, cede y transfiere el dos por cientos de los derechos en la sociedad singularizada en la cláusula primera, a don JORGE LUIS CÁRDENAS QUINTERO. El precio de cesión es la suma de $12.000 pesos.- se enteran y pagan según escritura de cesión. DOS: JORGE ENRIQUE CÁRDENAS MAUREIRA vende, cede y transfiere el tres por ciento de los derechos en la propiedad singularizada en la cláusula primera, a doña GLORIA MALVINA QUINTERO OSORIO. El precio de cesión es la suma de $18.000 pesos.- se enterán y pagan según escritura de cesión. TRES: Como consecuencia de las cesiones, don JORGE ENRIQUE CARDENAS MAUREIRA, se retira de la sociedad. CUATRO: La administración y el uso de la razón social corresponderá a doña GLORIA MALVINA QUINTERO OSORIO con las mismas facultades establecidas en el pacto social; demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 06 de diciembre de 2022.