MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

COMERCIALIZADORA GALF ELECTRÓNICA SpA

RUT 52002992-3 CVE 2235542
Fecha instrumento
12 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de diciembre de 2022
Repertorio
31981-2022
Notario
FÉLIX JARA CADOT
Oficio
41ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FÉLIX JARA CADOT, abogado, Notario Público Titular de la 41ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número 1160, subsuelo, comuna de Santiago, CERTIFICA: Que por escritura pública ante mí, de fecha 12 de diciembre del año 2022, repertorio 31.981-2022, doña HEATHER FRANSHESCA ZEPEDA PÉREZ, chilena, abogado, soltera, cédula de identidad número dieciocho millones doscientos cuarenta mil ciento cincuenta guion uno, domiciliada en Lord Cochrane doscientos veinte, departamento mil ocho, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en representación, según se acreditó de doña VERÓNICA ANDREA GÁLVEZ LARCO, chilena, soltera, empresaria, cédula de identidad número quince millones seiscientos sesenta y nueve mil quinientos veinte guion tres, don IGNACIO ANTONIO GÁLVEZ LARCO, chileno, soltero, estudiante, cédula de identidad número veintiún millones novecientos cincuenta y seis mil catorce guion uno, don JAVIER ANTONIO GÁLVEZ LARCO, chileno, soltero, Ingeniero Civil Electrónico, cédula de identidad número dieciséis millones cuatrocientos veinte un mil cuatrocientos sesenta guion cinco, y doña PAMELA CATALINA GÁLVEZ LARCO, chilena, soltera, empresaria, cédula de identidad número diecisiete millones setecientos treinta y siete mil setecientos setenta y cinco guion nueve, todos conjuntamente actuando en calidad de comuneros de la herencia intestada quedada al fallecimiento de don ANSELMO ANTONIO GÁLVEZ FERRER, cédula de identidad número ocho millones cuarenta y dos mil doscientos veinte guion dos, quien acredito su identidad con la cédula antes citada. Rectificó la escritura pública de fecha 15 de noviembre del año 2022, de Transformación de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, repertorio trece mil setecientos noventa y siete guion dos mil veintidós a una sociedad por acciones “Comercializadora Galf Electrónica SPA”, antes Anselmo Gálvez, Comercializadora Galf Electrónica E.I.R.L, cuyo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, con fecha dieciocho de noviembre del año dos mil veintidós, a fojas noventa y cuatro mil setecientos setenta y tres, número cuarenta y un mil quinientos cincuenta y siete, correspondiente al año dos mil veintidós, y publicado en el del año dos mil veintidós. En el siguiente sentido: Que por un error involuntario de redacción, en la escritura pública de transformación DE EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “COMERCIALIZADORA GALF ELECTRÓNICA SPA” Antes “ANSELMO GALVEZ, COMERCIALIZADORA GALF ELECTRÓNICA E.I.R.L” de fecha quince de noviembre del año dos mil veintidós, repertorio número trece mil setecientos noventa y siete guion dos mil veintidós, celebrada en la décima notaría de Santiago Valeria Ronchera Flores, con oficio en Agustinas número mil doscientos treinta y cinco, no se indicó de manera correcta en la CLAUSULA CUARTA, TITULO SEGUNDO, ARTICULO CUARTO, el monto del capital de la sociedad por acciones Comercializadora Galf electrónica SPA. Donde dice:”El capital de la sociedad es la suma de veinticuatro millones de pesos, divido y representado por dos mil acciones nominativas, de una sola serie sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma en que se dirá en las disposiciones transitorias, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto”. Debe decir: ”El capital de la sociedad es la suma de veinte millones de pesos, divido y representado por dos mil acciones nominativas, de una sola serie sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma en que se dirá en las disposiciones transitorias, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto”, y; rectificar el ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO, en lo que respecta a la suma del capital de “veinticuatro millones de pesos”, modificando lo siguiente: Donde dice: “El capital de la sociedad es la suma de veinticuatro millones de pesos, pagado en dinero en efectivo, divido en dos mil acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción tendrá derecho a voto”. Debe decir: “ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO: El capital de la sociedad es la suma de veinte millones de pesos, pagado en dinero en efectivo, divido en dos mil acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción tendrá derecho a voto”.- Validez. En lo no modificado por el presente instrumento permanecen plenamente válidas y vigentes todas y cada una de las estipulaciones contenidas en la escritura pública de fecha 15 de noviembre del año 2022. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 13 de diciembre de 2022. FJC/NP