ASESORÍAS E INVERSIONES GRATITUD SpA
Instrumento
- Fecha
- 7 de diciembre de 2022
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 5 años, a contar de la fecha de su constitución, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno
Objeto social
El objeto de la sociedad será la realización y prestación de servicios profesionales, bajo la calidad de sociedad de profesionales, radicados en asesoría profesional, gestión, administración y consultoría, ya sea a personas naturales y)o jurídicas, en temas comerciales y)o administrativos o de índole empresarial
Administración
El uso de la razón social y la administración corresponderá a doña ALEJANDRA ANDREA QUINTEROS BOUDON, quien estará investida de todas las facultades de administración y disposición de bienes, señaladas en la escritura extractada. Santiago, 7 de diciembre de 2022. LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY. N.P
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, domiciliada en calle Huérfanos número 941, local 302, Santiago, certifico que: por escritura pública hoy ante mí: (I) ALEJANDRA ANDREA QUINTEROS BOUDON, C.I. N° 15.067.696-7; y, (II) FELIPE ALEJANDRO QUINTEROS BOUDON, C.I. N° 16.142.850-7, ambos domiciliados en Nueva de Lyon N° 72, oficina 1902, Providencia, Región Metropolitana; en su calidad de únicos y actuales accionistas, según registro de accionistas, acordaron modificar “ASESORÍAS E INVERSIONES GRATITUD SpA” RUT N°77.418.871-1, inscrita Fojas 57.637, Número 26.745, Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2021, en el siguiente sentido: A) Modificación del nombre. Acordaron modificar el nombre de la Sociedad, reemplazando el artículo primero permanente de los estatutos sociales, por el siguiente: "Artículo Primero: El nombre será “ASESORÍAS GRATITUD SpA”, pudiendo utilizar ante toda institución público o privada el nombre de fantasía de ‘GRATITUD SpA’”. B) Modificación del Objeto de la Sociedad. Acordaron modificar el objeto de la Sociedad, reemplazando el artículo cuarto permanente de los estatutos sociales, por el siguiente: "Artículo Cuarto: El objeto de la sociedad será la realización y prestación de servicios profesionales, bajo la calidad de sociedad de profesionales, radicados en asesoría profesional, gestión, administración y consultoría, ya sea a personas naturales y/o jurídicas, en temas comerciales y/o administrativos o de índole empresarial”. C) Transformación. Acordaron transformar ASESORÍAS GRATITUD SpA en una sociedad de responsabilidad limitada, regida por las disposiciones de la ley tres mil novecientos dieciocho, sus modificaciones y demás normas supletorias correspondientes, y en especial por los siguientes estatutos. NOMBRE: La razón social será “ASESORÍAS GRATITUD LIMITADA”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. OBJETO: El objeto de la sociedad será la realización y prestación de servicios profesionales, bajo la calidad de sociedad de profesionales, radicados en asesoría profesional, gestión, administración y consultoría, ya sea a personas naturales y/o jurídicas, en temas comerciales y/o administrativos o de índole empresarial. CAPITAL: El capital de la sociedad asciende a la cantidad de $1.000.000.-, que los socios han aportado de la siguiente forma y proporción: (I) ALEJANDRA ANDREA QUINTEROS BOUDON ha aportado $990.000.-, equivalentes al 99% de los derechos sociales, suma íntegramente pagada y enterada en arcas sociales; y, (II) FELIPE ALEJANDRO QUINTEROS BOUDON ha aportado $10.000.-, equivalentes al 1% de los derechos sociales, suma íntegramente pagada y enterada en arcas sociales. Los comparecientes declaran aceptar expresamente las cantidades y porcentajes antes señalados. RESPONSABILIDAD. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. DURACIÓN: 5 años, a contar de la fecha de su constitución, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, sin perjuicio de su disolución en el caso que alguno de los socios manifieste su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: El uso de la razón social y la administración corresponderá a doña ALEJANDRA ANDREA QUINTEROS BOUDON, quien estará investida de todas las facultades de administración y disposición de bienes, señaladas en la escritura extractada. Santiago, 7 de diciembre de 2022. LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY. N.P.