AGRÍCOLA Y COMERCIAL LICAN – RAY NADJA EL DUEIK RIVAS E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 25 de noviembre de 2019
- Notario
- ELENA LEYTON CARVAJAL
- Oficio
- Cuarta Notaría de Temuco
- Comuna
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalELENA LEYTON CARVAJAL, abogado, Notario Público, titular de la Cuarta Notaría de Temuco, con asiento en esta comuna, calle Claro Solar N° 831, Temuco, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, doña NADJA EL DUEIK RIVAS, chilena, estudiante, soltera, 34 años de edad, c.n.i. 16.794.824-3, domiciliada Natividad 03098, Temuco, y doña LEONORA ISABEL RIVAS MORALES, chilena, psicóloga, casada y separada de bienes, 60 años de edad, c.n.i. 8.643.559-4, domiciliada en Lourdes 03036, Temuco, sanean de conformidad con lo previsto la Ley 19.499 escritura pública otorgada ante la Notario Público de Temuco doña Esmirna Vidal Moraga el 25 de Noviembre de 2019 en la que, doña NADJA EL DUEIK RIVAS vendió, cedió y transfirió a doña LEONORA ISABEL RIVAS MORALES, el 100% de su participación en la empresa denominada AGRÍCOLA Y COMERCIAL LICAN – RAY NADJA EL DUEIK RIVAS E.I.R.L., cuyo capital social asciende a $20.000.000.-, extracto publicado en D.Of. de 04 de Diciembre del 2019 y se inscribió a fojas 2 vuelta número 2 en Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Coyhaique el año 2020; escritura en que se omitió indicar que con la venta del 100% de la participación de doña NADJA EL DUEIK RIVAS a doña LEONORA ISABEL RIVAS MORALES, el nombre de la empresa será AGRÍCOLA Y COMERCIAL LICAN – RAY LEONORA ISABEL RIVAS MORALES E.I.R.L., y que podría usar y funcionar, inclusive frente a terceros, entre ellos, Bancos e Instituciones Financieras, bajo el nombre de AGRÍCOLA Y COMERCIAL LICAN – RAY E.I.R.L., y también se omitió indicar que el uso del nombre, la administración general y representación de la empresa corresponderá exclusivamente a doña LEONORA ISABEL RIVAS MORALES, quien contará con las más amplias facultades para obligar y representar a la empresa.. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Temuco Diciembre 07, 2022.