SERVICIOS ODONTOLÓGICOS KLEINMAN SpA
Instrumento
- Fecha
- 28 de noviembre de 2022
- Notario
- ALBERTO MOZÓ AGUILAR
- Oficio
- 40ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- 5 años, contados desde escritura transformación, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de las socias manifestare su voluntad de ponerle término a la expiración de un determinado período, voluntad que deberá expresarse por medio de una declaración hecha por escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio, con 6 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período que corresponda
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas de la odontología, y la realización de cualquier otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o futuro, con ella, en forma directo o indirecta, sea por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros
Administración
Le corresponde a la socia Alejandra Vanessa Kleinman Luco, actuando individualmente, con amplias facultades según escritura extractada
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ALEJANDRA VANESSA KLEINMAN LUCO | socio | 10684021-0 | — | — | |
| MARÍA PAZ ROGERS BISAÑEZ | socio | 7728905-4 | — | — | |
| Son socios doña ALEJANDRA VANESSA KLEINMAN LUCO | socio | 10684021-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZÓ AGUILAR, Notario Público Titular de la 40ª Notaría Santiago, Teatinos 332, Santiago, certifico: Por escritura pública, hoy ante mí, doña ALEJANDRA VANESSA KLEINMAN LUCO, CI N°10.684.021-0 y doña MARÍA PAZ ROGERS BISAÑEZ, CI N°7.728.905-4, ambas con domicilio Av. Pdte. Kennedy N° 7.120, oficina 102, de la comuna de Vitacura, Región Metropolitana, redujeron a escritura pública acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad SERVICIOS ODONTOLÓGICOS KLEINMAN SpA, celebrada con fecha 28 de noviembre de 2022, en mi presencia y con asistencia totalidad accionistas. Referida Junta acordó transformar SERVICIOS ODONTOLÓGICOS KLEINMAN SpA en una sociedad de responsabilidad limitada y aprobar sus estatutos, de acuerdo con los siguientes términos: Socios: Son socios doña ALEJANDRA VANESSA KLEINMAN LUCO, CI N°10.684.021-0 y doña MARÍA PAZ ROGERS BISAÑEZ, CI N°7.728.905-4, ambas con domicilio Av. Pdte. Kennedy N° 7.120, oficina 102, de la comuna de Vitacura, Región Metropolitana. Razón Social: SERVICIOS ODONTOLÓGICOS KLEINMAN LIMITADA. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio agencias o sucursales que se puedan establecer en otras ciudades del país o extranjero. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas de la odontología, y la realización de cualquier otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o futuro, con ella, en forma directo o indirecta, sea por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros. Capital: $3.000.000.- pagado con anterioridad, con cargo a las acciones que las socias tenían en la sociedad que se transforma, según siguiente detalle: doña Alejandra Vanessa Kleinman Luco, con aportes representativos de la suma de $2.970.000.-, titular del 99% de los derechos sociales y doña María Paz Rogers Bisañez, con aportes representativos de la suma de $30.000.-, titular del 1% de los derechos sociales. Administración: Le corresponde a la socia Alejandra Vanessa Kleinman Luco, actuando individualmente, con amplias facultades según escritura extractada. Duración: 5 años, contados desde escritura transformación, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de las socias manifestare su voluntad de ponerle término a la expiración de un determinado período, voluntad que deberá expresarse por medio de una declaración hecha por escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio, con 6 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período que corresponda. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 29 de noviembre 2022.