CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PRESTACIONES MÉDICAS ÑUBLE LIMITADA

CVE 2234372
Capital
$1.000 CLP
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Duración
La sociedad rige desde esta fecha y tendrá una duración de 10 años. Este plazo se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales de 10 años cada uno de ellos iguales y sucesivos, según escritura extractada

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto único desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: Uno) La prestación de toda clase de servicios profesionales ambulatorios en las áreas de la medicina; Dos) La Asesoría profesional en temas relacionados con antecedentes de pacientes, estudio de mercado relacionado con lo anterior, y de administración de consultas médicas privadas, tanto a empresas públicas o privadas como a personas naturales, con el fin de promover a través de sus servicios la intermediación en la atención de la salud y las prestaciones médicas; y tres) En general o cualquier otra actividad o servicio que tenga estricta relación con lo anterior

Administración

La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a Christian Eduardo Duran Besoain, con las más amplias facultades que se requiere en derecho. Se establece administración alternativa para el caso de fallecimiento o imposibilidad del administrador

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Suplente del Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, IVAN TORREALBA ACEVEDO, con oficio en Huérfanos numero 979, oficina número 501, Santiago, certifico: por escritura hoy, ante mí, Christian Eduardo Duran Besoain, Claudia Fabiola Muñoz Cartes, ambos domiciliados en Federico Scotto 130, departamento 802, comuna de Estación Central, Región Metropolitana, han constituido una sociedad de responsabilidad Limitada de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre o razón social: El nombre de la sociedad será PRESTACIONES MÉDICAS ÑUBLE LIMITADA, pudiendo usar también ante bancos e instituciones financieras y para fines comerciales y de publicidad el nombre de fantasía “Prestaciones Médicas Ñuble Ltda”.- Domicilio: Su domicilio será en la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero.- Duración: La sociedad rige desde esta fecha y tendrá una duración de 10 años. Este plazo se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales de 10 años cada uno de ellos iguales y sucesivos, según escritura extractada.- Objeto: La Sociedad tendrá por objeto único desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: Uno) La prestación de toda clase de servicios profesionales ambulatorios en las áreas de la medicina; Dos) La Asesoría profesional en temas relacionados con antecedentes de pacientes, estudio de mercado relacionado con lo anterior, y de administración de consultas médicas privadas, tanto a empresas públicas o privadas como a personas naturales, con el fin de promover a través de sus servicios la intermediación en la atención de la salud y las prestaciones médicas; y tres) En general o cualquier otra actividad o servicio que tenga estricta relación con lo anterior.- Administración: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a Christian Eduardo Duran Besoain, con las más amplias facultades que se requiere en derecho. Se establece administración alternativa para el caso de fallecimiento o imposibilidad del administrador.- Capital: $1.000.000 enterado en este acto a la caja social y en dinero efectivo por socios de siguiente forma: a) Christian Eduardo Duran Besoain, la suma de $500.000, equivalente al 50% del capital y derechos sociales; y b) Claudia Fabiola Muñoz Cartes, equivalentes al 50% del capital y derechos sociales. De esta forma el capital social ha quedado íntegramente pagado. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 5 de Diciembre del 2022.