INVERSIONES Y ASESORIAS SANTA IRENE SpA
Instrumento
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
- Duración
- La sociedad comenzará a regir a contar de esta fecha y tendrá una duración de diez años, duración que se entenderá prorrogada automática y sucesivamente por períodos iguales de diez años cada uno. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES Y ASESORIAS SANTA IRENE SpA | socio | 76235760-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, abogado, Notario Público, Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Nº 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha nueve de diciembre del 2022, ante mí, comparecen: don PABLO GUILLERMO WAGNER SAN MARTIN, ingeniero comercial; y doña IRENE DE LA CERDA IÑIGUEZ, Periodista, ambos domiciliados en Avenida Parque Golf número diez mil seiscientos, casa número doce, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana quienes transformaron la sociedad INVERSIONES Y ASESORIAS SANTA IRENE SpA, Rol Único Tributario 76.235.760-7, inscrita a fojas 6.949 número 5.099 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2005, en una sociedad de responsabilidad limitada, en los términos que se extractan.- Nombre o razón social “ASESORÍAS SANTA IRENE LIMITADA”. Administración, Indistintamente uno cualquiera de los socios Pablo Guillermo Wagner San Martin y/o Irene De la Cerda Iñiguez. Capital $500.000 aportando: a) Pablo Guillermo Wagner San Martin, $260.000; b) Irene De la Cerda Iñiguez, $240.000; aportes ya pagados, al contado y en dinero efectivo, a entera conformidad de la sociedad, ya ingresados en arcas sociales. Objeto, exclusivo la prestación de asesorías profesionales en administración y gestión de negocios. Duración: La sociedad comenzará a regir a contar de esta fecha y tendrá una duración de diez años, duración que se entenderá prorrogada automática y sucesivamente por períodos iguales de diez años cada uno. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 12 de Diciembre del 2022.