MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CONSTRUCTORA INMOBISUR SpA

RUT 76202925-1 CVE 2234492
Capital
$500.000 CLP
Notaría
Puerto Montt

Instrumento

Notario
Abogado
Oficio
Segunda Notaría de Puerto Montt
Comuna
Puerto Montt

Sociedad

Capital
$500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FELIPE SAN MARTÍN SCHRÖDER, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Puerto Montt, con Oficio ubicado en esta ciudad, calle Urmeneta 414. CERTIFICA: Por escritura pública ante mí Eugenio San Martín Truffy, Abogado, Notario Público, Suplente del Notario Titular de la Segunda Notaría de Puerto Montt, don Felipe San Martín Schröder: don FRANCISCO ALDO CAIOZZI CANTO, cédula de identidad número siete millones dieciocho mil quinientos uno guion seis, don RINO IGNACIO CAIOZZI CANTO, cédula nacional de identidad número siete millones dieciocho mil quinientos guión ocho, y doña VIVIAN MARCELA PINILLA LAGOS, cédula de identidad número doce millones ciento ochenta y tres mil diez guion ocho, todos domiciliados en Padre Harter cuatrocientos sesenta y uno, comuna y ciudad de Puerto Montt, como únicos accionistas modificaron sociedad por acciones “CONSTRUCTORA INMOBISUR SpA”, RUT 76.202.925-1, inscrita a fojas trescientos diecisiete, Número doscientos noventa en el Registro de Comercio del conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt del año dos mil doce, en el sentido de aumentar el capital social de trescientos setenta y cinco millones de pesos inicial, a la nueva cantidad de quinientos millones de pesos, donde la diferencia por ciento veinticinco millones de pesos, corresponde a la capitalización de la cuenta “Revalorización Capital Propio”, por la cantidad de veintiún millones trescientos veintinueve mil trescientos diecinueve pesos y de la cuenta “Utilidades Acumuladas”, por la cantidad de tres millones seiscientos setenta mil seiscientos ochenta y un pesos, menos “Resultado del Ejercicio”, al treinta y uno de julio de dos mil veintidós por la suma de cuarenta y seis millones novecientos noventa y un mil ciento ochenta y tres pesos. Se deja constancia que no se emiten acciones por el aumento de capital antes descrito, manteniendo cada uno de los accionistas la misma participación relativa que tenían en el patrimonio social. A fin de reflejar en los estatutos de la Sociedad el aumento de capital acordado, los comparecientes, en su calidad de únicos accionistas de la Sociedad, modifican los estatutos sociales de la misma en el siguiente sentido: i) Modificar y reemplazar el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Quinto. El capital de la Sociedad es la suma de /$ 500.000.000/ quinientos millones pesos dividido en trescientos setenta y cinco mil acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan en la forma establecida en las disposiciones transitorias”, y ii) Modificar y reemplazar el Artículo Segundo Transitorio de los estatutos por el siguiente: “Artículo Segundo Transitorio: En conformidad al Artículo Quinto de estos Estatutos, el capital de la Sociedad es la suma de quinientos millones pesos dividido en trescientos setenta y cinco mil acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, de las cuales; setenta y cinco mil acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal fueron suscritas por doña Vivian Marcela Pinilla Lagos; ciento cincuenta mil acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal fueron suscritas por don Rino Ignacio Caiozzi Canto; y ciento cincuenta mil acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal fueron suscritas por don Francisco Aldo Caiozzi Canto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Montt, 30 de Agosto del 2022.