MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

GLOBAL SERVICIOS FINANCIEROS SpA

RUT 76839728-7 CVE 2233922
Capital
$430.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de septiembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de septiembre de 2021
Repertorio
62293-2022
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
Trigésimo Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$430.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley 19.499

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INVERSIONES MONTEBLACK SpA socio 77363583-8
GLOBAL SERVICIOS FINANCIEROS SpA accionista 76839728-7

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, Miraflores 178, Piso 5, Santiago, certifico: Con fecha 02.12.2022, repertorio 62.293-2022, ante mí compareció don JULIO HERNÁN MONTENEGRO GONZÁLEZ, C.I. Nº 12.142.972-8, en representación de INVERSIONES MONTEBLACK SpA, RUT Nº 77.363.583-8, ambos domiciliados Av. del Parque 4928, oficina 122, Huechuraba, que en su calidad de única accionista de GLOBAL SERVICIOS FINANCIEROS SpA, RUT 76.839.728-7, inscrita a fojas 10790 número 6057 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2018, saneó la modificación social que consta de escritura pública otorgada el 30 de septiembre de 2021 ante esta misma Notario, según la cual se aumentó el capital social en la suma de $430.000.000.-, que se materializó: a) Mediante la capitalización de utilidades acumuladas por $140.000.000.-; y b) Mediante la emisión de 1000 nuevas acciones de pago, por un total de $290.000.000.-, que fueron íntegramente suscritas por la accionista INVERSIONES MONTEBLACK SpA, y pagadas en la forma indicada en escritura extractada; y, consecuentemente con lo anterior, se modificaron los estatutos sociales en tal sentido. Un extracto de dicha escritura se publicó en el Diario Oficial con fecha 28.10.2021 y se inscribió en el Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 85754 número 39620 del año 2021, con fecha 02.11.2021. La compareciente constata la existencia de un vicio de nulidad, consistente en la falta de inscripción oportuna del extracto respectivo, esto es, que fue inscrito fuera del plazo establecido en el artículo 426 del C. de Comercio, por lo que, en virtud de lo dispuesto en art. 428 del C. de Comercio y en la Ley 19.499, por este acto viene en sanear y corregir el vicio formal de nulidad de que adolece la modificación ya citada; saneamiento que se hace efectivo mediante el otorgamiento de la escritura extractada, debiendo entenderse cumplida la exigencia de corrección del vicio que establece la ley con la inscripción y publicación oportunas del presente extracto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 07.12.2022.