DISEÑOS, IMPRESIONES, ESTAMPADOS E INVERSIONES HG LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de noviembre de 2022
- Notario
- IVAN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $50.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público de la 33 Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979 oficina 501, Santiago, certifica: por escritura pública otorgada con fecha hoy, ante mí, JOSÉ MIGUEL HASBÚN CEBALLOS; doña PILAR GARCÍA SANTA INÉS; y don JOSÉ TOMÁS HASBÚN GARCÍA; todos domiciliados para estos efectos en Avenida San Carlos de Apoquindo número 1721, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron DISEÑOS, IMPRESIONES, ESTAMPADOS E INVERSIONES HG LIMITADA, acordando disminuir el capital de la sociedad al monto efectivamente pagado y enterado por los socios a esta fecha, esto es, disminuirlo de $50.000.000.- a la suma de $5.400.000.-, que corresponde precisamente al monto del capital efectivamente pagado por los socios. Como consecuencia de lo anterior, acordaron reemplazar el numeral QUINTO del pacto social, por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $5.400.000.-, íntegramente pagado por lo socios de la sociedad, de la siguiente forma: don José Miguel Hasbún Ceballos, con la suma de $2.700.000.- íntegramente pagados en dinero efectivo e ingresado a la caja social, con anterioridad a esta fecha; doña Pilar García Santa Inés, con la suma de $1.350.000.-, íntegramente pagados en dinero efectivo e ingresado a la caja social, con anterioridad a esta fecha; y don José Tomás Hasbún García, con la suma de $1.350.000.-, íntegramente pagados en dinero efectivo e ingresado a la caja social, con anterioridad a esta fecha”. Adicionalmente, los socios acordaron modificar el plazo de duración de la sociedad, reemplazando el numeral DECIMO del pacto social, por el siguiente: “DECIMO: La sociedad tendrá una duración hasta el 31 de diciembre de 2040 y se renovará tácita y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su intención de ponerle término, mediante aviso que deberá darse por escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción en el Registro de Comercio del extracto de constitución de la sociedad y que además, deberá comunicarse a los otros socios mediante carta certificada despachada a su respectivo domicilio por medio de un Notario Público, todo ello con una anticipación de al menos 6 meses al vencimiento del respectivo periodo o de sus prórrogas.” Demás estipulaciones, constan en escritura extractada. Santiago, 22 de noviembre de 2022.