MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Diatomea Chile SpA

RUT 96687360-4 CVE 2233683
Fecha instrumento
1 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
1 de diciembre de 2022
Repertorio
13944/2022
Notario
JORGE LOBOS DIAZ
Oficio
Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

El objeto de la sociedad será la inversión en todas sus formas, la administración de los bienes en que se invierta y la percepción de sus frutos, la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro, incluso asumiendo la administración de tales sociedades, para cuyo efecto podrá ejecutar, celebrar y realizar toda clase de actos y contratos necesarios o convenientes directa o indirectamente relativos a sus fines como cualesquiera otros que resulten útiles o convenientes o que los socios acuerden abarcar o emprender”. 3) Se modifica Artículo 9º de estatutos sociales por siguiente: “Artículo Noveno. Régimen de

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña Gislaine Liliana Berger Hidalgo, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. La sociedad responderá de todos los impuestos que ella pudiere adeudar, aún en su constitución primitiva y de los impuestos que como resultado de sus operaciones pudieren adeudar sus

Referencias (1)

  • do publicacion
    DO N° 42695 del 2 de julio de 2020

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE LOBOS DIAZ, Abogado, Notario Público, Suplente de la Cuarta Notaría de Santiago, cuyo titular es don COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita 20, Comuna de Las Condes, ex Paseo Ahumada 341, 4º piso, Comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 01/12/2022, Repertorio 13.944/2022, ante el notario titular, GISLAINE LILIANA BERGER HIDALGO, relacionadora pública, cédula de identidad 10.739.730-2 domiciliada Padre Sergio Correa 11.503, Los Viñedos 21, Colina, modificó sociedad por acciones unipersonal “DIATOMEA CHILE SpA”, constituida 23-06-2020 ante Lilia Sierra Mejía Notario Suplente del Titular don Gonzalo Hurtado Morales inscrita fojas 39.309 Nº 18.737 Registro de Comercio Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2020, publicada Diario Oficial Nº 42.695 de 02-07-2020. Modificaciones consisten: 1) Se modifica Artículo 2º estatutos sociales por siguiente: “Artículo Segundo. Nombre. La denominación o razón social será “Los Viñedos SpA”. 2) Se modifica Artículo 5º de estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Quinto. Objeto. El objeto de la sociedad será la inversión en todas sus formas, la administración de los bienes en que se invierta y la percepción de sus frutos, la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro, incluso asumiendo la administración de tales sociedades, para cuyo efecto podrá ejecutar, celebrar y realizar toda clase de actos y contratos necesarios o convenientes directa o indirectamente relativos a sus fines como cualesquiera otros que resulten útiles o convenientes o que los socios acuerden abarcar o emprender”. 3) Se modifica Artículo 9º de estatutos sociales por siguiente: “Artículo Noveno. Régimen de administración. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña Gislaine Liliana Berger Hidalgo, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. La sociedad responderá de todos los impuestos que ella pudiere adeudar, aún en su constitución primitiva y de los impuestos que como resultado de sus operaciones pudieren adeudar sus socios. Demás estipulaciones constan escritura extractada. amna.-