CENTRO CLÍNICO OFTALSUR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de noviembre de 2022
- Notario
- Félix Jara Cadot
- Oficio
- 41º Notaria Stgo. con oficio Huérfanos 1.160
- Comuna
- Stgo
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Objeto social
Se acuerda modificar el Artículo Tercero del estatuto social, referente al objeto social, dejando un giro único y especificando en dicho articulado, que los servicios médicos brindados son de naturaleza ambulatoria. De este modo el objeto social queda redactado del siguiente modo: “TERCERO. El objeto de la sociedad será la prestación de servicios médicos ambulatorios en el área de la oftalmología o cualquier otra de la salud, sea en forma directa o a través de convenios con particulares o sector público, especialmente el Fondo Nacional de Salud o Instituciones de Salud Previsional; plan auge, y servicios de bienestar. Quedan comprendidos en el giro de la sociedad la ejecución de todos los actos y celebración de todos los contratos relacionados o vinculados al objeto señalado”. Dos:
Administración
Los socios acuerdan modificar el Artículo OCTAVO de los estatutos de la sociedad, relacionado con la administración de la sociedad, designando como nueva administradora de la sociedad, a doña ANDREA BEATRIZ JOFRÉ VÁSQUEZ. Así mismo se amplía el catálogo de facultades de administración de la sociedad que los socios podrán ejercer indistintamente. De este modo, La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a don RODRIGO ANDRÉS LILAYÚ CHAVES y a doña ANDREA BEATRIZ JOFRÉ VÁSQUEZ, indistintamente, con facultades que indica escritura que se extracta.; Tres: CESIÓN DE DERECHOS. Los únicos y actuales socios de la sociedad acuerdan y aceptan la siguiente cesión de derechos sociales: doña NELLY DEL CARMEN VÁSQUEZ LACOMBE, vende, cede y transfiere el 5% de los derechos sociales que le corresponden en el capital de la sociedad “CENTRO CLÍNICO OFTALSUR LIMITADA” a la socia, “SOCIEDAD DE INVERSIÓN LAS ENCINAS LIMITADA” para la que compra, acepta y adquiere su representante. El precio de la cesión es la suma de $4.600.000, los que serán pagados por la compradora en el plazo de un año contado desde la fecha del presente instrumento. Como consecuencia de la cesión de derechos indicada en el artículo precedente, doña NELLY DEL CARMEN VÁSQUEZ LACOMBE se retira de la sociedad y se otorgan entre los socios recíprocamente el más amplio, completo y total finiquito. Por lo precedentemente expuesto, los actuales socios de “CENTRO CLÍNICO OFTALSUR LIMITADA” son los siguientes: doña ANDREA BEATRIZ JOFRÉ VÁSQUEZ, con un 40% de los derechos sociales, don RODRIGO ANDRÉS LILAYÚ CHAVES, con un 45% de los derechos sociales, y “SOCIEDAD DE INVERSIÓN LAS ENCINAS LIMITADA”, con un 15% de los derechos sociales
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Osorno | socio | 76030254-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFélix Jara Cadot, Notario Público Titular 41º Notaria Stgo. con oficio Huérfanos 1.160, subsuelo Stgo, certifica que, por escritura de hoy, ante mí comparecieron: ANDREA BEATRIZ JOFRÉ VÁSQUEZ; don RODRIGO ANDRÉS LILAYÚ CHAVES, ambos con domicilio en calle Alcalde Bertín número 415, de la comuna de Osorno , y de paso en esta, “SOCIEDAD DE INVERSIÓN LAS ENCINAS LIMITADA”, sociedad del giro que indica su nombre, con domicilio en calle Zenteno 1512, de la comuna de Osorno, debidamente representada por don RODRIGO ANDRÉS LILAYÚ CHAVES, ya individualizado precedentemente, y doña NELLY DEL CARMEN VÁSQUEZ LACOMBE, con domicilio en calle Mariano Sánchez Fontecilla número 12.110, comuna de Peñalolén, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, todos los comparecientes, mayores de edad, quienes acreditan sus identidades con las cédulas antes anotadas, exponen. lo siguiente: Los comparecientes son los únicos y actuales socios de “CENTRO CLÍNICO OFTALSUR LIMITADA”, sociedad con domicilio en Osorno, RUT N° 76.030.254-6, Inscrita a fojas 289, número 223, e n el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Osorno, correspondiente al año 2008, con capital de $3.000.000, y acuerdan las siguientes modificaciones a la sociedad: MODIFICACIONES. Uno: OBJETO SOCIAL. Se acuerda modificar el Artículo Tercero del estatuto social, referente al objeto social, dejando un giro único y especificando en dicho articulado, que los servicios médicos brindados son de naturaleza ambulatoria. De este modo el objeto social queda redactado del siguiente modo: “TERCERO. El objeto de la sociedad será la prestación de servicios médicos ambulatorios en el área de la oftalmología o cualquier otra de la salud, sea en forma directa o a través de convenios con particulares o sector público, especialmente el Fondo Nacional de Salud o Instituciones de Salud Previsional; plan auge, y servicios de bienestar. Quedan comprendidos en el giro de la sociedad la ejecución de todos los actos y celebración de todos los contratos relacionados o vinculados al objeto señalado”. Dos: ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL. Los socios acuerdan modificar el Artículo OCTAVO de los estatutos de la sociedad, relacionado con la administración de la sociedad, designando como nueva administradora de la sociedad, a doña ANDREA BEATRIZ JOFRÉ VÁSQUEZ. Así mismo se amplía el catálogo de facultades de administración de la sociedad que los socios podrán ejercer indistintamente. De este modo, La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a don RODRIGO ANDRÉS LILAYÚ CHAVES y a doña ANDREA BEATRIZ JOFRÉ VÁSQUEZ, indistintamente, con facultades que indica escritura que se extracta.; Tres: CESIÓN DE DERECHOS. Los únicos y actuales socios de la sociedad acuerdan y aceptan la siguiente cesión de derechos sociales: doña NELLY DEL CARMEN VÁSQUEZ LACOMBE, vende, cede y transfiere el 5% de los derechos sociales que le corresponden en el capital de la sociedad “CENTRO CLÍNICO OFTALSUR LIMITADA” a la socia, “SOCIEDAD DE INVERSIÓN LAS ENCINAS LIMITADA” para la que compra, acepta y adquiere su representante. El precio de la cesión es la suma de $4.600.000, los que serán pagados por la compradora en el plazo de un año contado desde la fecha del presente instrumento. Como consecuencia de la cesión de derechos indicada en el artículo precedente, doña NELLY DEL CARMEN VÁSQUEZ LACOMBE se retira de la sociedad y se otorgan entre los socios recíprocamente el más amplio, completo y total finiquito. Por lo precedentemente expuesto, los actuales socios de “CENTRO CLÍNICO OFTALSUR LIMITADA” son los siguientes: doña ANDREA BEATRIZ JOFRÉ VÁSQUEZ, con un 40% de los derechos sociales, don RODRIGO ANDRÉS LILAYÚ CHAVES, con un 45% de los derechos sociales, y “SOCIEDAD DE INVERSIÓN LAS ENCINAS LIMITADA”, con un 15% de los derechos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. 09-11-2022, Stgo. Félix Jara Cadot N.T.