ADMINISTRADORA BOXES DINAMARCA 201-206 LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 13854-22
- Notario
- ESMIRNA VIDAL MORAGA
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad la ciudad de Temuco
- Duración
- La duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento
Objeto social
EL objeto de la sociedad será el siguiente: a.- La prestación, ya por cuenta propia o de terceros, de servicios de consejo de administración de edificios, condominios y comunidades. b.- Particularmente la administración de la comunidad de seis boxes ubicados en el segundo piso del Edificio Dinamarca de Temuco boxes números doscientos uno a doscientos seis más el espacio común de uso exclusivo de dichos boxes. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá en forma separada e indistinta a doña OLGA XIMENA ROSAS VARGAS y a doña GLORIA CECILIA RETAMAL VALENZUELA, quienes, anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro del negocio social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público de Temuco, con oficio en Antonio Varas 979, certifica: Por escritura pública de fecha 06 de diciembre de 2022, Repertorio N°13.854-22, otorgada ante mí, Uno.- doña OLGA XIMENA ROSAS VARGAS, chilena, casada y separada totalmente de bienes, educadora de párvulos, C.I: 8.266.365-7; y, Dos.- doña GLORIA CECILIA RETAMAL VALENZUELA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, médico cirujano, C.I: 8.251.815-0, ambas domiciliadas en calle Dinamarca N° 621 segundo piso, comuna y ciudad de Temuco, ambas mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas personales citadas y exponen: Que vienen en constituir la siguiente Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada, la que se regirá de acuerdo con las disposiciones del siguiente estatuto, y, en lo no previsto en él, por la ley tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones y las normas pertinentes del Código de Comercio y Código Civil.-Razón Social: El nombre o razón social será ADMINISTRADORA BOXES DINAMARCA 201-206 LIMITADA pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado con la sigla comercial o nombre de fantasía de ADMINSITRADORA DE BOXES LTDA. Objeto: EL objeto de la sociedad será el siguiente: a.- La prestación, ya por cuenta propia o de terceros, de servicios de consejo de administración de edificios, condominios y comunidades. b.- Particularmente la administración de la comunidad de seis boxes ubicados en el segundo piso del Edificio Dinamarca de Temuco boxes números doscientos uno a doscientos seis más el espacio común de uso exclusivo de dichos boxes. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas Domicilio: El domicilio de la sociedad la ciudad de Temuco. Capital: El capital social es la suma de 1.000.000 de pesos que las socias aportan y enteran en la forma siguiente: Uno.- doña OLGA XIMENA ROSAS VARGAS aporta la suma 500.000 pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en este acto en arcas de la sociedad; y Dos.- doña GLORIA CECILIA RETAMAL VALENZUELA aporta la suma 500.000 pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en este acto en arcas de la sociedad. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes- Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá en forma separada e indistinta a doña OLGA XIMENA ROSAS VARGAS y a doña GLORIA CECILIA RETAMAL VALENZUELA, quienes, anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro del negocio social. Duración: La duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Temuco, 12de diciembre del año 2022.