CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

MORSI SpA

CVE 2233036
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
6 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
6 de diciembre de 2022
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
ciudad de Santiago, Región Metropolitana

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) la compra y adquisición por cualquier título o medio, la venta y enajenación en cualquier modo, la cesión permanente o transitoria, sea total o parcial, el arriendo y la inversión, todo lo anterior en bienes inmuebles o derechos sobre ellos, cualquiera sea su tipo, construcción, ubicación o destino, ya sea por cuenta propia o ajena; b) La administración y construcción de bienes inmuebles o la renovación o remodelación de ellos destinados a obtener de ellos rentas, y la inversión en general en bienes inmuebles y el emprendimiento o participación en proyectos inmobiliarios urbanos o rurales; c) La percepción de todos los frutos y el producto de los actos anteriores, y la inversión de los mismos en otros proyectos inmobiliarios; d) Todos los demás negocios y actividades empresariales o de inversión, especialmente destinados a la explotación de bienes raíces, así como la fusión, subdivisión o loteo de bienes inmuebles y la ejecución de proyectos de ingeniería e inmobiliarios; e) La realización de todos los actos y contratos que digan relación directa o indirecta con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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Juan Carlos Alvarez Domínguez, Abogado, Notario Suplente de la 1ª Notaria de Santiago de don Hernán Cuadra Gazmuri, con oficio en Huérfanos 1160, of.101- 102, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 06 de Diciembre de 2022, ante mí, compareció: doña MARÍA ISABEL CASTRILLO COSTA, chilena, casada, abogada, cédula de identidad número catorce millones setecientos veintisiete mil ochocientos sesenta y dos guion cuatro, constituyendo una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: 1) Razón social: MORSI SpA; 2) Domicilio: ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de lo cual podrá establecer agencias, sucursales, establecimientos, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero. 3) Objeto: El objeto de la sociedad será: a) la compra y adquisición por cualquier título o medio, la venta y enajenación en cualquier modo, la cesión permanente o transitoria, sea total o parcial, el arriendo y la inversión, todo lo anterior en bienes inmuebles o derechos sobre ellos, cualquiera sea su tipo, construcción, ubicación o destino, ya sea por cuenta propia o ajena; b) La administración y construcción de bienes inmuebles o la renovación o remodelación de ellos destinados a obtener de ellos rentas, y la inversión en general en bienes inmuebles y el emprendimiento o participación en proyectos inmobiliarios urbanos o rurales; c) La percepción de todos los frutos y el producto de los actos anteriores, y la inversión de los mismos en otros proyectos inmobiliarios; d) Todos los demás negocios y actividades empresariales o de inversión, especialmente destinados a la explotación de bienes raíces, así como la fusión, subdivisión o loteo de bienes inmuebles y la ejecución de proyectos de ingeniería e inmobiliarios; e) La realización de todos los actos y contratos que digan relación directa o indirecta con el objeto social. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. Finalmente, la sociedad podrá realizar cualquier tipo de actividades o negocios que se relacionen directa o indirectamente con el giro social. 4) Capital: $1.000.000.- dividido en 10.000 acciones, nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una y de una misma serie, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con esta fecha, de la siguiente forma: a) MARÍA ISABEL CASTRILLO COSTA, suscribe en este acto la cantidad de 10.000 acciones por un valor de $1.000.000, representativas de un 100 por ciento del capital social, el que paga al contado, en este acto a entera satisfacción de la Sociedad. De esta forma, en este acto quedan suscritas y pagadas la totalidad de las acciones emitidas por la Sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 09 de Diciembre de 2022.