URIBE Y URIBE MÉDICOS ASOCIADOS Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de noviembre de 2022
- Notario
- LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ
- Oficio
- Vigésima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
Administración
En todo lo no modificado por el presente instrumento, permanecerán estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 04 de noviembre de 2022
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ, abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número 4990, Las Condes, Santiago, CERTIFICO que, por Escritura Pública, hoy 04 de noviembre de 2022, ante mi comparecen: por sí en su calidad de socia doña Carmen Gloria Soberón Noriega, cédula de identidad número 7.053.643-9, domiciliada en Hermanos Cabot número 6.700 departamento 161 comuna de Las Condes; por sí en su calidad de socio don Alonso Felipe Uribe Soberón, cédula de identidad número 16.656.657-6, domiciliado en Hermanos Cabot número 6.700 departamento 161 comuna de Las Condes; por sí en su calidad de socio don Javier Uribe Soberón, cédula de identidad número 17.269.514-0, domiciliado en Hermanos Cabot número 6.700 departamento 161 comuna de Las Condes; por sí en su calidad de socio don Alonso Luis Uribe Obrador, cédula de identidad número 7.038.316-0, domiciliado en Hermanos Cabot número 6.700 departamento 161 comuna de las condes; representada por Alonso Luis Uribe Obrador y María Soledad Uribe Obrador, en su calidad de socia, doña Margarita María de los Ángeles Obrador Olivares, cédula de identidad número 2.635.629-6, domiciliada en Calle Luz número 2.909 departamento 402 comuna de Las Condes; y la comunidad hereditaria formada al fallecimiento de don Alonso Luis Uribe Obrador, la que se encuentra integrada por don Jaime Camilo Uribe Obrador, cédula de identidad número 7.037.797-7, domiciliado en Las Condes número 2.859 comuna de Las Condes, doña María Soledad Uribe Obrador, cédula de identidad número 7.038.117-6, domiciliada en Cerro Sierra Bella número 12.995 comuna de Lo Barnechea, don Alonso Luis Uribe Obrador, cédula de identidad número 7.038.316-0, domiciliado en Hermanos Cabot número 6.700 departamento 161 comuna de Las Condes, doña María Verónica Uribe Obrador cédula de identidad número 7.038.113-3, domiciliada en Parque los Castaños número 1.670 casa 13 comuna de Lo Barnechea, y doña Margarita María de los Ángeles Obrador Olivares, cédula de identidad número 2.635.629-6, domiciliada en Calle Luz número 2.909 departamento 402 comuna de Las Condes. Quienes vienen en modificar la Sociedad de Responsabilidad Limitada “URIBE Y URIBE MÉDICOS ASOCIADOS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, constituida con fecha 10 de abril de 1992 ante Notario Público de Santiago Gonzalo de la Cuadra Fabres, cuyo extracto fue inscrito a fojas 14061 número 7098 del Registro de Comercio de Santiago del año 1992 y publicado en el Diario Oficial de fecha 8 de mayo de 1992. El último capital informado es la suma de $6.000.000. La Notario que autoriza certifica haber tenido a la vista escritura de constitución de la sociedad. Estipulaciones: A) Don Alonso Felipe Uribe Soberón, cede y transfiere el 15 por ciento de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad a doña CARMEN GLORIA SOBERON NORIEGA quien los compra, adquiere y acepta para sí; el precio de esta cesión es la suma de $300.000 pesos, que se pagaron con anterioridad a este acto, al contado en dinero en efectivo, declarando la vendedora o cedente recibirlos a su entera conformidad. B) Don Javier Uribe Soberón, cede y transfiere el 15 por ciento de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad a doña CARMEN GLORIA SOBERON NORIEGA quien los compra, adquiere y acepta para sí; el precio de esta cesión es la suma de $300.000 pesos, que se pagaron con anterioridad a este acto, al contado en dinero en efectivo, declarando la vendedora o cedente recibirlos a su entera conformidad. C) Don Alonso Luis Uribe Obrador, cede y transfiere el 20 por ciento de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad a doña CARMEN GLORIA SOBERON NORIEGA quien los compra, adquiere y acepta para sí; el precio de esta cesión es la suma de $400.000 pesos, que se pagaron con anterioridad a este acto, al contado en dinero en efectivo, declarando la vendedora o cedente recibirlos a su entera conformidad. D) Doña Margarita María de los Ángeles Obrador Olivares, cede y transfiere el 10 por ciento de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad a doña CARMEN GLORIA SOBERON NORIEGA quien los compra, adquiere y acepta para sí; el precio de esta cesión es la suma de $200.000 pesos, que se pagaron con anterioridad a este acto, al contado en dinero en efectivo, declarando la vendedora o cedente recibirlos a su entera conformidad. E) La comunidad hereditaria que se formó producto del fallecimiento de don Alonso Uribe Barreto, comunidad que se encuentra compuesta por Jaime Camilo Uribe Obrador, María Soledad Uribe Obrador, Alonso Luis Uribe Obrador, María Verónica Uribe Obrador y Margarita María de los Ángeles Obrador Olivares, quienes se encuentran previamente individualizados, venden, ceden y transfieren como comunidad el 10 por ciento de los derechos sociales que le correspondían a don ALONSO URIBE BARRETO, a doña CARMEN GLORIA SOBERON NORIEGA, quien los compra, adquiere y acepta para sí; el precio de la referida cesión es la suma de $200.000 pesos, que el cesionario paga en este acto a la comunidad hereditaria cedente, al contado en dinero en efectivo, declarando este último recibirlos a su entera conformidad. En consecuencia, quedan como socios: don ALONSO LUIS URIBE OBRADOR, con el cinco por ciento de los derechos sociales y doña CARMEN GLORIA SOBERON NORIEGA, con el noventa y cinco por ciento de los derechos sociales. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de sucursales en el país o en el extranjero. Administración y uso razón social: queda entregado a don ALONSO LUIS URIBE OBRADOR y doña CARMEN GLORIA SOBERON NORIEGA, quienes tendrán las más amplias facultades de administración. En todo lo no modificado por el presente instrumento, permanecerán estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 04 de noviembre de 2022.-