SERVICIOS DE SALUD MENTAL ESTORIL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 12007/2022
- Notario
- MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- Vigésimo Primera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- 3 años, a contar de la fecha de la escritura, renovables tácita, automática y sucesivamente por igual período, si ninguno manifiesta voluntad de ponerle término al final del respectivo período, mediante carta certificada dirigida al socio restante, con anticipación de al menos 6 meses, y escritura pública inscrita al margen social, con anticipación de al menos 3 meses. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y
Objeto social
El objeto de la sociedad será exclusivamente: a) Servicios de atención psicológica para adultos, niños y personas en general; b) Psicodiagnóstico para adultos, niños y personas en general; c) Docencia y supervisión psicológica para adultos, niños y personas en general; d) Cualquier otra actividad que acuerden las socias, y que guarde estricta relación con los puntos anteriores
Administración
La representación legal de la sociedad, el uso de la razón social y la administración de los negocios sociales corresponderá a ambos socios, en forma conjunta o separadamente, con amplios poderes. Socios limitan responsabilidad, al monto del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Nº 578, comuna de Santiago, Región Metropolitana, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 02 de diciembre de 2022, Repertorio N° 12.007/2022, ante mí, doña MARÍA ELISA SALAH CABIATI, chilena, casada bajo el régimen de la separación total de bienes, psicóloga, cédula de identidad N°10.915.246-3, domiciliada en Camino de las Vertientes Nº919, comuna de Las Condes, ciudad Santiago, Región Metropolitana; y doña ANGELA SABINA FARRÁN FIGUEROA, chilena, divorciada, psicóloga, cédula de identidad N°12.647.352-4, domiciliada en calle Estoril Nº 120, oficina 510, comuna de Las Condes, ciudad Santiago, Región Metropolitana; constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada, en los siguientes términos: RAZÓN SOCIAL: El nombre o razón social de la sociedad será “SERVICIOS DE SALUD MENTAL ESTORIL LIMITADA”. Sin embargo, la sociedad podrá actuar y obligarse válidamente frente a terceros, incluso ante bancos y sociedades financieras, y de la misma manera que con la razón social, con el nombre de fantasía “SALUD MENTAL ESTORIL LTDA.”. OBJETO: El objeto de la sociedad será exclusivamente: a) Servicios de atención psicológica para adultos, niños y personas en general; b) Psicodiagnóstico para adultos, niños y personas en general; c) Docencia y supervisión psicológica para adultos, niños y personas en general; d) Cualquier otra actividad que acuerden las socias, y que guarde estricta relación con los puntos anteriores. CAPITAL: $5.000.000., que los socios aportan en este acto, en la siguiente forma: a) Doña María Elisa Salah Cabiati aporta la suma de $2.500.000., que entera en arcas sociales, en dinero efectivo; y, b) Doña Angela Sabina Farrán Figueroa aporta la suma de $2.500.000., que entera en arcas sociales, en dinero efectivo. DURACIÓN: 3 años, a contar de la fecha de la escritura, renovables tácita, automática y sucesivamente por igual período, si ninguno manifiesta voluntad de ponerle término al final del respectivo período, mediante carta certificada dirigida al socio restante, con anticipación de al menos 6 meses, y escritura pública inscrita al margen social, con anticipación de al menos 3 meses. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La representación legal de la sociedad, el uso de la razón social y la administración de los negocios sociales corresponderá a ambos socios, en forma conjunta o separadamente, con amplios poderes. Socios limitan responsabilidad, al monto del aporte. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que los socios acuerden establecer en otros lugares del país y del extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 06 de Diciembre de 2022.-