MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SALCEDO Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76014538-6 CVE 2230733
Notaría
Santiago

Instrumento

Notario
FELIX JARA CADOT
Oficio
41ª Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FELIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41ª Notaria de Santiago, con domicilio en Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, CLAUDIO EDUARDO SALCEDO GABRIELLI, por sí y en representación de “GESTION INMOBILIARIA FLORISIA DEL CARMEN LIMITADA”, y PAMELA CAROLINA ARAVENA RAMOS, todos domiciliados en Av. Providencia 1650, of. 702, Providencia, Santiago, vienen en modificar la sociedad SALCEDO Y COMPAÑÍA LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha diez de marzo de dos mil ocho, otorgada ante don Patricio Raby Benavente, titular de la Quinta Notaria de Santiago, en el siguiente sentido: /A/ GESTIÓN INMOBILIARIA FLORISIA DEL CARMEN LIMITADA, debidamente representada, vende, cede y transfiere sus derechos sociales a CLAUDIO EDUARDO SALCEDO GABRIELLI, equivalentes al cuarenta y nueve coma cincuenta y uno por ciento de los derechos de la Sociedad. Esta venta es realizada por el precio de diez millones trescientos noventa y siete mil cien pesos. /B/ “GESTIÓN INMOBILIARIA FLORISIA DEL CARMEN LIMITADA”, debidamente representada, vende, cede y transfiere sus derechos sociales a PAMELA CAROLINA ARAVENA RAMOS, equivalentes al cincuenta por ciento de los derechos de la Sociedad. Esta venta es realizada por el precio de diez millones quinientos mil pesos. Los actuales socios don CLAUDIO EDUARDO SALCEDO GABRIELLI y doña PAMELA CAROLINA ARAVENA RAMOS acuerdan modificar la cláusula QUINTA de los estatutos sociales para reflejar las ventas, cesiones y transferencias de derechos sociales realizadas en la cláusula tercera de este instrumento. Por lo tanto, modifíquese la cláusula quinta de los estatutos con el tenor siguiente: “El capital de la Sociedad es la suma de veintiún millones de pesos, el cual es aportado por: A) CLAUDIO EDUARDO SALCEDO GABRIELLI con la suma de diez millones quinientos mil pesos, los que se encuentran pagados en efectivo por aporte de sus antecesores en el dominio de los derechos sociales, cumpliéndose su obligación de aporte; y B) PAMELA CAROLINA ARAVENA RAMOS con la suma de diez millones quinientos mil pesos, los que se encuentran pagados en efectivo por aporte de sus antecesores en el dominio de los derechos sociales, cumpliéndose su obligación de aporte.”. En todo lo no modificado se mantienen las estipulaciones del pacto social. Santiago, 28 de noviembre de 2022. Félix Jara Cadot. N.P.