INVERSIONES, SERVICIOS Y ASESORÍAS AVENOR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de noviembre de 2022
- Notario
- MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- Vigésima Séptima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| SERVICIOS Y ASESORÍAS AVENOR LIMITADA | socio | 78382250-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco N°0153, comuna de Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública con fecha de hoy, ante mí, Rodrigo González Calvo; Marcela Andrea Demaría Averill; Ignacia González Demaría; Benjamín González Demaría; María José González Demaría, todos domiciliados en Camino del Cerro Alto N°10160, casa E, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; y Fernando González Demaría, domiciliado en calle Las Nieves N°3351, departamento 304, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; los cuatro primeros en sus calidades de únicos y actuales socios de INVERSIONES, SERVICIOS Y ASESORÍAS AVENOR LIMITADA, Rol Único Tributario N°78.382.250-4, inscrita a fojas 14126 número 11725 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1993, efectuaron modificación social de la misma en la siguiente forma: A) Donación de Derechos: Rodrigo González Calvo, efectuó donación de un 10% de los derechos de que es titular, en partes iguales a María José González Demaría y Fernando González Demaría, es decir, le donó a cada uno de ellos un 5% de los derechos sociales. Consecuencia de lo anterior Rodrigo González Calvo, disminuye su participación social en la sociedad “INVERSIONES, SERVICIOS Y ASESORÍAS AVENOR LIMITADA”, desde un 50% a un 40% de participación en el capital social. B) Modificación Social: En virtud de la donación de derechos sociales, los socios convienen modificar el estatuto social de INVERSIONES, SERVICIOS Y ASESORÍAS AVENOR LIMITADA, específicamente la Cláusula Cuarta referente al capital social, cuyo texto sustituyen íntegramente por el siguiente: “CUARTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de cuarenta millones de pesos, que los socios han aportado y enterado íntegramente en las siguientes proporciones: a) doña Marcela Andrea Demaría Averill dueña y titular de un cuarenta por ciento de los derechos sociales; b) don Rodrigo González Calvo, dueño y titular de un cuarenta por ciento de los derechos sociales; c) doña Ignacia González Demaría, dueña y titular de un cinco por ciento de los derechos sociales; d) don Benjamín González Demaría, dueño y titular de un cinco por ciento de los derechos sociales; e) doña María José González Demaría, dueña y titular de un cinco por ciento de los derechos sociales; y f) don Fernando González Demaría, dueño y titular de un cinco por ciento de los derechos sociales. La responsabilidad de los socios se limitada al monto de sus respectivo aportes”. Demás estipulaciones constan escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 08 de noviembre de 2022.